Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA AGRÍCOLA ECOLÓGICA BIOVERDE, R.L (COOPAEB, R.L)]

RESOLUCIÓN N°. 006-2021-PJ-JI-MEFCCA, aprobada el 13 de agosto de 2021

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 191 del 15 de octubre de 2021

El Ministerio de Economía Familiar Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en uso de las facultades que le confiere la Ley 290

CERTIFICA

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de JINOTEGA del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 0034 se encuentra la Resolución No. 006-2021-PJ-JI-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 006-2021-PJJI-MEFCCA, Jinotega, trece de Agosto del año dos mil veintiuno, las dos de la tarde, en fecha veintisiete de Julio del año dos mil veintiuno, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA AGRICOLA ECOLOGICA BIOVERDE, R.L (COOPAEB, R.L) con domicilio social en el Municipio de San Sebastián de Yali, departamento de Jinotega. Se constituye a las dos de la tarde del día trece de Abril del año dos mil veintiuno. Se inicia con doce (12) asociados, ocho (8) hombres, cuatro (4) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$ 6,000 (seis mil córdobas netos) y un capital pagado de C$ 1,500 (un mil quinientos córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA AGRICOLA ECOLOGICA BIOVERDE, R.L (COOPAEB, R.L) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Jaxel Arístides Úbeda Úbeda; Vicepresidente (a): Ana Mireya Cruz Castillo; Secretario (a): Jenier José Castillo Blanco; Tesorero (a): Freydel Adriana Vargas Castro; Vocal: Jackson Guadalupe Molina Blandón. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a José Ramón Berrios, Delegado Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los Trece días del mes de Agosto del año dos mil veintiuno. (F) José Ramón Berrios, Delegado Departamental
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