“MODIFICA MONTO DE I.R.”
Acuerdo No. 45 , Aprobado el 06 de octubre de 1989
Publicado en La Gaceta No 209 del 03 de noviembre de 1989
Acuerdo Ministerial No. 45
El Ministerio de Finanzas, en base a las facultades establecidas en el Arto. 3 del Decreto No. 1554, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial No. 5 del 07 de Enero de 1985.
Acuerda:
Primero : Modificar el monto de la Deducción Personal de la Renta Neta, hasta por la cantidad de C$ 18,374,000.00 (DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CORDOBAS NETOS), para todas las personas naturales residentes en el país a que se refiere el Arto. 20 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (I.R.).
Segundo : Modificar a C$ 18,374,000.00 (DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CORDOBAS NETOS), el monto a que se refiere el párrafo 1 del Arto. 26 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (I.R.), en cuanto a la obligació ;n que tienen las personas naturales, cuya renta bruta exceda de C$ 18,374,000.00 (DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CORDOBAS NETOS), a presentar declaración de sus rentas obtenidas durante el año gravable.
Tercero : Los montos modificados mediante el presente Acuerdo Ministerial, serán aplicables para el período fiscal 1989/1990.
Dado en la ciudad de Managua, a los seis días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y nueve. - Silvio Vargas Guzmán , Vice-Ministro de Finanzas.