Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-
AUMENTO DE PARTICIPACION EN EL CAPITAL DEL BCIE

DECRETO No. 92, Aprobado el 21 de Septiembre de 1979

Publicado en La Gaceta No. 17 del 24 de Septiembre de 1979

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1.- Ratifícase la Resolución AG-15/78 tomada por la Asamblea de Gobernadores del Banco Centroamericano de Integración Económica con fecha 30 de noviembre de 1978, en la cual se acordó aumentar el capital autorizado de dicho Banco de Sesenta Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 60,000,000.00) a Doscientos Millones (US$ 200,000,000.00) de la misma moneda. Con dicho aumento la participación de Nicaragua en el capital del BCIE se eleva de Doce Millones de Dólares (US$ 12,000,000.00) a Cuarenta Millones de Dólares (US$ 40,000,000.00).

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia hoy, desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior en el Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veintiún días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y nueve. "Año de la Liberación Nacional".

Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Violeta B. de Chamorro. Sergio Ramírez Mercado. Moisés Hassan Morales. Alfonso Robelo Callejas. Daniel Ortega Saavedra.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.