ACUERDO POR EL QUE SE DISPONE LA SIEMBRA TABACO CHILCAGRE
ACUERDO PRESIDENCIAL, aprobado, el 08 de julio de 1893
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 52 del 15 de julio de 1893
El Gobierno acuerda: la siembra de chilcagre en el corriente año será de seis millones de matas de las cuales cuatro millones corresponderán á la ciudad de Masaya, y dos millones á la de Masatepe.
La Factoría de la Renta señalará las zonas en que debe hacerse la siembra y celebrará los contratados en cantidades que no bajen de cincuenta mil matas.
Comuníquese – Managua, 8 de julio de 1893 – Machado – El Ministro de Hacienda – Gómez.