Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia

(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN SOCIEDAD NICARAGÜENSE DE PEDIATRÍA)

DECRETO A.N. N°. 2329, aprobado el 28 de septiembre de 1999

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 217 del 12 de noviembre de 1999

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a ASOCIACIÓN SOCIEDAD NICARAGÜENSE DE PEDIATRÍA, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua.

Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.

Arto. 3. La Asociación Sociedad Nicaragüense de Pediatría, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiocho días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y nueve.- IVÁN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional.- VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y ejecútese. Managua, ocho de Noviembre de mil novecientos noventa y nueve.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA.
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