Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(RECONOCER Y APROBAR COMO PARQUE ECOLÓGICO MUNICIPAL “CERRO LA AGUADORA”, UBICADO EN LA COMARCA LOS PAPALES, MUNICIPIO DE JINOTEGA, DEPARTAMENTO DE JINOTEGA)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 16-2020, aprobada el 20 de febrero de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 154 del 18 de agosto de 2021

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES (MARENA)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 16-2020

La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales en uso de las facultades que le otorga la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo.

CONSIDERANDO

I

Que es deber del Estado y particularmente del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), apoyar e integrar a los ciudadanos y pobladores en la gestión ambiental, a fin de proteger y conservar los Recursos Naturales existentes en el territorio nacional.

II

El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 del Decreto 01-2007 Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua. A través de las Delegaciones Territoriales podrá apoyar técnicamente a los gobiernos Municipales que soliciten dicho apoyo, en los procesos de declaración, protección, gestión y desarrollo de los Parques Ecológicos Municipales.

III

Que se ha cumplido con los criterios y procedimientos administrativos aprobados por el Marena para el reconocimiento de los Parques Ecológicos Municipales, según consta en el expediente que para tales efectos se lleva y administra en la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad, particularmente la Dirección Especifica de Biodiversidad, del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA). Todo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Manual de Criterios Técnicos para declarar Parques Ecológicos Municipales.

IV

Que la Alcaldía Municipal del Poder Ciudadano en el Municipio de Jinotega, Departamento de Jinotega, certifica y declara Parque Ecológico Cerro La Aguadora, bajo la Ordenanza Municipal No. 02-2020, publicada el veintiuno de febrero del año dos mil veinte, ubicado en la Comarca Los Papales, Municipio de Jinotega, Departamento de Jinotega.

V

Que el sitio denominado Cerro La Aguadora constituye un área de gran valor ecosistémico para el Departamento de Jinotega, en vista que se encuentra ubicado en la zona de influencia de la microcuenca del rio viejo, dicho sitio contribuye al manejo de cuenca en el eje de protección del recurso hídrico y el eje de biodiversidad en los propósitos de conservación y restauración de áreas para la conectividad de corredores biológicos.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere el artículo 60 de la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 28 de la Ley No. 290, Ley de Organización, competencia y procedimiento del poder ejecutivo, artículo 17 de la Ley No. 217, Ley General del medio ambiente y los Recursos Naturales y artículo 24 del Decreto 01-2007, Reglamento áreas protegidas.

RESUELVE:

PRIMERO: Reconocer y aprobar como Parque Ecológico Municipal "Cerro La Aguadora", el cual cuenta con una extensión 27.4 hectáreas equivalentes a 38.99 manzanas, dedicadas a la conservación de la diversidad biológica, ubicado en la comarca Los Papales, municipio de Jinotega, departamento de Jinotega; por ser un sitio de importancia ecológica, gran valor por sus recursos hídricos y servicios medioambientales, ecosistémicos paisajísticos.

SEGUNDO: La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil veinte. (f) Fanny Sumaya Castillo Lara, Ministra Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales MARENA.
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