Sin Vigencia(ASOCIACIÓN DE ALEGRÍA Y PAZ INTEGRAL DE LAS FAMILIAS NICARAGÜENSES INTERNACIONAL (APIN, INTERNACIONAL)
DECRETO A. N. N°. 6664, Aprobado el 30 de Noviembre del 2011
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 240 del 20 de Diciembre del 2011
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la Asociación de Alegría y Paz Integral de las Familias Nicaragüenses Internacional (APIN, INTERNACIONAL); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Art. 3 La Asociación de Alegría y Paz Integral de las Familias Nicaragüenses Internacional (APIN, INTERNACIONAL); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treinta días del mes de Noviembre del año dos mil once. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.