Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO QUE AUTORIZA EL INGRESO Y PERMANENCIA AL TERRITORIO NACIONAL, EN EL PUERTO DE CORINTO, AL BUQUE “USS PEARL HARBOR”, SU TRIPULACIÓN Y PERSONAL COMPUESTO DE 419 INTEGRANTES, EN EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL 10 A L 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 Y QUE AUTORIZA LA SALIDA DE 31 EFECTIVOS MILITARES DEL EJÉRCITO DE NICARAGUA, HACIA LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, DEL 25 AL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2007

DECRETO LEGISLATIVO N°. 5151, aprobado el 7 de agosto del 2007

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 155 del 15 de agosto del 2007

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO QUE AUTORIZA EL INGRESO Y PERMANENCIA AL TERRITORIO NACIONAL, EN EL PUERTO DE CORINTO, AL BUQUE “USS PEARL HARBOR”, SU TRIPULACIÓN Y PERSONAL COMPUESTO DE 419 INTEGRANTES, EN EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL 10 A L 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 Y QUE AUTORIZA LA SALIDA DE 31 EFECTIVOS MILITARES DEL EJÉRCITO DE NICARAGUA, HACIA LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, DEL 25 AL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2007

Artículo 1.- Autorizar el ingreso a nuestro territorio y permanencia, en el puerto de Corinto, al buque “USS PEARL HARBOR”, su tripulación y personal compuesto de 419 integrantes, en el período comprendido del 10 al 15 de agosto del año 2007.

Artículo 2.- El Ejército de Nicaragua, a través de su Fuerza Naval, coordinará con las autoridades respectivas el ingreso del buque “USS PEARL HARBOR”, y garantizará la seguridad y custodia de éste durante su estadía en el Puerto de Corinto, durante el período que señala el artículo 1.

Artículo 3.- Autorizar la salida de 31 efectivos militares del Ejército de Nicaragua hacia la República de Guatemala, para participar en el “Acto de Traspaso de la Presidencia del Consejo Superior de la Conferencia de Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC)”, del 25 al 30 de noviembre del 2007.

Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los siete días del mes de agosto del año dos mil siete. ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. - DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA, Secretario de la Asamblea Nacional.
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