Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-
SELLOS POSTALES. DENOMINACIÓN. TORTUGAS - ESPECIE EN EXTINCIÓN

DECRETO EJECUTIVO N°. 302, aprobado el 15 de febrero de 1980

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 42 del 19 de febrero de 1980

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

en uso de sus facultades,

DECRETA:


Único: Aprobar y publicar lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas en el Acuerdo que íntegramente dice: "El Ministerio de Finanzas, en uso de sus facultades Legales,

CONSIDERANDO:

Las necesidades postales y filatélicas del presente año:

ACUERDA:


Artículo 1.- Se autoriza la impresión de una emisión de sellos postales denominada "TORTUGAS" - Especie en Extinción", teniendo como motivo las principales especies de estos quelonios presumiblemente originarios de la Costa Atlántica de Nicaragua.

Artículo 2.- Esta emisión consta de cuatro estampillas con un tiraje de Quinientas Diez Mil (510,000) estampillas perforadas en sus contornos, con valor facial total de un Millón Trescientos Sesenta y Cinco Mil Córdobas Netos (C$ 1,365,000.00) y Once Mil (11,000) hojitas miniaturas con valor facial total de Doscientos Veinte Mil Córdobas Netos (C$ 220,000.00), siendo todas de la designación "Área", distribuidas en los valores y cantidades siguientes:

150,000 estampillas de C$ 0.90 C$ 135,000.00

150,000 " " “ 2.00 “ 300,000.00

150,000 " " “ 2.20 “ 330,000.00

60,000 " " “ 10.00 “ 600,000.00

----------------- ------------------------------

510,000 C$ 1,365,000.00

---------------- -----------------------------

11,000 H.M. Perforadas de “ 20.00 C$ 220,000.00

---------------- -----------------------------

Telcor recibirá la cantidad de Trescientas Diez Mil (310,000) estampillas con valor facial total de Seiscientos Diez Mil Córdobas Netos (C$ 610,000.00); Oficina Filatélica recibirá la cantidad de Doscientas Mil (200,000) estampillas con valor facial total de Setecientos Cincuenta y Cinco Mil Córdobas (C$ 755,000.00) y Once Mil hojitas miniaturas (11,000) con valor facial total de Doscientos Veinte Mil Córdobas (C$ 220,000.00) conforme el siguiente detalle:

TELCOR

100,000 estampillas de C$ 0.90 C$ 90,000.00

100,000 " " “ 2.00 “ 200,000.00

100,000 " " “ 2.20 “ 220,000.00

10,000 " " “ 10.00 “ 100,000.00

----------------- ------------------------------

310,000 C$ 610,000.00

OFICINA FILATÉLICA

50,000 estampillas de C$ 0.90 C$ 45,000.00

50,000 " " “ 2.00 “ 100,000.00

50,000 " " “ 2.20 “ 110,000.00

50,000 " " “ 10.00 “ 500,000.00

----------------- -------------------------------

200,000 C$ 755,000.00

---------------- -----------------------------

11,000 H.M. Perforadas de “ 20.00 C$ 220,000.00

--------------- -----------------------------

Artículo 3.- El costo de impresión, diseños y gastos de transporte serán asumidos en parte proporcional a la cantidad de estampillas que les corresponda, por Telcor y Ministerio de Finanzas; (Oficina Filatélica).

Artículo 4.- Los diseños de estas estampillas representan las especies conocidas como Tortugas "Loggerhead" (90 Cts.), Tortuga "Pico Halcón" (C$.2.00), Tortuga "Ridley" (C$ 2.20), y Tortuga " Correoso" (C$ 10.00) y las Hojitas miniaturas llevarán la Tortuga "Verde" y "Correoso" (C$ 20.00), además llevarán tanto las estampillas como las Hojas miniaturas sobreimpuesta la leyenda de 1979 "Año de la Liberación" ;. Las hojas miniaturas llevarán su correspondiente numeración corrida. Su impresión será mediante el procedimiento de Litho-Offsett a varios colores.

Artículo 5.- Se deroga el Decreto No. 16, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 97 de 4 de mayo de 1979.

Artículo 6.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir de su fecha y deberá publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veintiséis días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y nueve. "Año de la Liberación". JOAQUÍN CUADRA CHAMORRO, Ministro de Finanzas.

Dado en la ciudad de Managua, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos ochenta. "Año de la Alfabetización.

JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. VIOLETA B. DE CHAMORRO. SERGIO RAMÍREZ MERCADO. MOISÉS HASSAN MORALES. ALFONSO ROBELO CALLEJAS. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA.

-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.