Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-
AUTORÍZASE CIRCULACIÓN DE EMISIÓN DE TIMBRES DE TABACO

DECRETO No. 9, Aprobado el 06 de Mayo de 1967

Publicado en La Gaceta No. 114 del 25 de Mayo de 1967

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

Decreta:

Artículo 1.- Se autoriza la puesta en circulación a partir del día de hoy seis del mes de Mayo corriente, de la emisión de Timbres de Tabaco cuyo valor, dimensiones, color, cantidad y demás especificaciones se establecen en el Acuerdo Ejecutivo No. 14 de 11 de Febrero del corriente año.

Artículo 2.- Publíquese en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial. - Managua, D. N., 6 de Mayo de mil novecientos sesenta y siete. - (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República. - (f) General Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.