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Sin Vigencia
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA “ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO ESPERANZA JOVEN, (ADEJ)
DECRETO A.N. N°. 7289, aprobado el 26 de septiembre de 2013
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 188 del 04 de octubre de 2013
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. N°. 7289
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA “ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO ESPERANZA JOVEN, (ADEJ)
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO ESPERANZA JOVEN, la cual podrá conocerse en forma abreviada como (ADEJ); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Chinandega, Departamento de Chinandega.
Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Art. 3 La ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO ESPERANZA JOVEN, la cual podrá conocerse de forma abreviada como (ADEJ); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los veintiséis días del mes de septiembre del año dos mil trece. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Loria Raquel Dixon Brautigam, Secretaria por la Ley Asamblea Nacional.