Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO FORESTAL CAMPESINO (ADEPROFOCA)

DECRETO A.N. N°. 673, aprobado el 02 de diciembre de 1993

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 237 del 15 de diciembre de 1993

OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO FORESTAL CAMPESINO (ADEPROFOCA)

DECRETO A.N. N°. 673

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO FORESTAL CAMPESINO (ADEPROFOCA), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Departamento de Nueva Segovia.

Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La Asociación de Desarrollo Forestal Campesino (ADEPROFOCA), estará obligada a cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídica sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia Ia fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres Gustavo Tablada Zelaya, Presidente de la Asamblea Nacional Francisco Duarte Tapia, Secretario de la Asamblea Nacional

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua catorce de Diciembre de mil novecientos noventa y tres. Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.
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