DE APROBACIÓN DEL ACUERDO ENTRE LOS GOBIERNOS DE NICARAGUA Y DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA RESPECTO A LA ENTREGA DE PERSONAS A LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
DECRETO A.N. No. 3582. Aprobado el 9 de Julio del 2003.
Publicado en La Gaceta No. 134 del 17 de Julio del 2003.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO:
I
Que el día 4 de Junio de 2003, fue suscrito en Managua, Nicaragua, el Acuerdo entre el Gobierno de Nicaragua y el Gobierno de los Estados Unidos de América, respecto a la entrega de personas cuya extradición solicite la Corte Penal Internacional.
II
Que con la aprobación del dicho Acuerdo, Nicaragua y los Estados Unidos de América adquieren el compromiso de no entregar ni trasladar a un nacional de una de las partes, a la Corte Penal Internacional, sin contar con el consentimiento expreso del Estado del nacional requerido. Igualmente a no entregarlos ni trasladarlos a un tercer país cuando el propósito sea entregarlo al Tribunal referido.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:
DE APROBACIÓN DEL ACUERDO ENTRE LOS GOBIERNOS DE NICARAGUA Y DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA RESPECTO A LA ENTREGA DE PERSONAS A LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
Artículo 1.- Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de Nicaragua y el Gobierno de los Estados Unidos de América respecto a la entrega de personas a la Corte Penal Internacional”, suscrito el día 4 de Junio de 2003, en Managua, Nicaragua.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los nueve días del mes de Julio del año en curso.- JAIME CUADRA SOMARRIBA.- Presidente de la Asamblea Nacional.- MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN.-Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, catorce de Julio del año dos mil tres.- ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.- Presidente de la República de Nicaragua.