Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DEL ACUERDO ENTRE LOS GOBIERNOS DE NICARAGUA Y DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA RESPECTO A LA ENTREGA DE PERSONAS A LA CORTE PENAL INTERNACIONAL

DECRETO A.N. No. 3582. Aprobado el 9 de Julio del 2003.

Publicado en La Gaceta No. 134 del 17 de Julio del 2003.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO:

I


Que el día 4 de Junio de 2003, fue suscrito en Managua, Nicaragua, el Acuerdo entre el Gobierno de Nicaragua y el Gobierno de los Estados Unidos de América, respecto a la entrega de personas cuya extradición solicite la Corte Penal Internacional.

II

Que con la aprobación del dicho Acuerdo, Nicaragua y los Estados Unidos de América adquieren el compromiso de no entregar ni trasladar a un nacional de una de las partes, a la Corte Penal Internacional, sin contar con el consentimiento expreso del Estado del nacional requerido. Igualmente a no entregarlos ni trasladarlos a un tercer país cuando el propósito sea entregarlo al Tribunal referido.

En uso de sus facultades;


HA DICTADO:

El siguiente:

DECRETO:

DE APROBACIÓN DEL ACUERDO ENTRE LOS GOBIERNOS DE NICARAGUA Y DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA RESPECTO A LA ENTREGA DE PERSONAS A LA CORTE PENAL INTERNACIONAL


Artículo 1.- Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de Nicaragua y el Gobierno de los Estados Unidos de América respecto a la entrega de personas a la Corte Penal Internacional”, suscrito el día 4 de Junio de 2003, en Managua, Nicaragua.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los nueve días del mes de Julio del año en curso.- JAIME CUADRA SOMARRIBA.- Presidente de la Asamblea Nacional.- MIGUEL LÓPEZ BALDIZÓN.-Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, catorce de Julio del año dos mil tres.- ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.- Presidente de la República de Nicaragua.

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