Normas Jurídicas de Nicaragua
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, PARA QUE EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA), EL CONVENIO DE FINANCIAMIENTO 4471- NI Y DONACIÓN NO.4070-NI, PARA FINANCIAR EL “PROYECTO ABASTECIMIENTO DE AGUA Y SANEAMIENTO RURAL EN NICARAGUA QUE EJECUTARÁ EL FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL DE EMERGENCIA (FISE))

ACUERDO PRESIDENCIAL Nº 277-2008, Aprobado el 10 de Julio de 2008

Publicado en La Gaceta No. 135 del 16 de Julio de 2008

El Presidente de la República de Nicaragua

CONSIDERANDO

I

Que el Gobierno de Nicaragua tiene la disposición de promover la sustentabilidad de la infraestructura de agua y saneamiento para mejorar las condiciones de vida de la población, lograr el desarrollo de capacidades, el capital humano y social de las comunidades a través de la gestión, ejecución y sostenimiento de las obras, así como el cambio de actitudes y prácticas higiénico sanitarias y ambientales para mejorar su salud; a través de la expansión del servicio en las áreas rurales por medio de la participación y la educación que estreche una amplia coordinación con la unidad ejecutora y las alcaldías que apoya con este propósito los siguientes objetivos estratégicos: (a) Infraestructura y desarrollo sostenible y (b) desarrollo de capital humano -mejorando la equidad social y las oportunidades, y (c) garantizar la sostenibilidad del medio ambiente.

II

Que el Gobierno de la República de Nicaragua ha gestionado con la International Development Association (IDA), financiar la implementación, ejecución y asistencia técnica del “Proyecto Abastecimiento de Agua y Saneamiento Rural en Nicaragua”, lo que permitirá fortalecer los esfuerzos actuales por incrementar el acceso sostenible a los servicios básicos de agua potable y saneamiento nuevos y/o rehabilitados a unos 50,000 habitantes aproximadamente incluyendo además de comunidades de la Región del Pacífico a las Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAS) y la Región Autónoma del Atlántico Norte (RAAN); de este modo promover entre los beneficiarios prácticas mejoradas de saneamiento e higiene del hogar; fortaleciendo la capacidad existente de los sistemas rurales de agua potable y saneamiento, a través de un soporte técnico a largo plazo después de la construcción o rehabilitación de dichos sistemas que permita probar nuevas tecnologías y metodologías para atender a los diversos segmentos de la población rural de Nicaragua.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con la International Development Association (IDA), el Convenio de Financiamiento 4471- NI y donación No.4070-NI, por un monto de Doce Millones Doscientos Mil Derechos Especiales de Giro (DEG’S12,200,000.00) equivalente aproximadamente a US$20,000,000.000 (Veinte millones de dólares de los Estados Unidos), de los cuales DEG’s12,000,000.00 son no reembolsables y DEG’s 200,000.00 en carácter de préstamo para financiar el “Proyecto Abastecimiento de Agua y Saneamiento Rural en Nicaragua que ejecutará el Fondo de Inversión Social de Emergencia (FISE).

Artículo. 2 La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro en la firma del Convenio de Financiamiento referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y la International Development Association (IDA).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los diez días del mes de julio del año dos mil ocho. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua.- Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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