Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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PERSONALIDAD JURÍDICA A “ACCIÓN MÉDICA CRISTIANA”

DECRETO A. N. N°. 310, aprobado el 05 de abril de 1990

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 178 del 18 de septiembre de 1990

Decreto A. N. N°. 310

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hacer saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado:

El siguiente:

Decreto:

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a “Acción Médica Cristiana”, Asociación civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.

Arto. 2.- La Representación Legal, de la Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos, que deberán, ser aprobados por el Ministerio del Interior.

Arto. 3- Esta Asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley para la Concesión de la Personalidad Jurídica y demás Leyes de la República.

Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los cinco días del mes de Abril de mil novecientos noventa. “Año de la Paz y la Reconstrucción”.-Carlos Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.-Rafael Solís Cerda. Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, seis de Abril de mil novecientos noventa. “Año de la Paz y la Reconstrucción”.- Daniel Ortega Saavedra. Presidente de la República.
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