PLAN NOCTURNO PARA MAESTROS
No. 2. Aprobado el 12 de Septiembre de 1962.
Publicado en La Gaceta No.217 del 24 de Septiembre de 1962.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
POR TANTO:
De conformidad con los Artos. 103 y 107 y en los ordinales 3 y 13 del Arto. 195 Cn.
Decreta:
Artículo 1.- Reformar el Plan Nocturno, contenido en el Decreto No. 1 de 15 de Agosto de 1962, referente a formación y profesionalización de Maestros, en el sentido siguiente:
PLAN NOCTURNO |
PRIMER SEMESTRE |
AsignaturaHoras |
Dibujo aplicado a la Escuela Primaria4 |
Educación para el Hogar4 |
Didáctica General6 |
Psicología General4 |
Introducción a la Pedagogía6 |
Total 24 |
SEGUNDO SEMESTRE |
7 |
4 |
6 |
8 |
25 |
TERCER SEMESTRE |
Física Aplicada5 |
Castellano5 |
Psicología Pedagógica5 |
Didáctica Especial5 |
Historia de la Educación5 |
Total 25 |
CUARTO SEMESTRE |
Química Aplicada5 |
Juegos y Actividades Recreativas3 |
Historia y Geografía de Nicaragua4 |
Evaluación y Estadísticas Escolares3 |
Didácticas Especiales5 |
Práctica docente5 |
Tota l25 |
QUINTO SEMESTRE |
Educación para la comunidad4 |
Didácticas especiales8 |
Práctica docente13 |
Total 25 |
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigor a partir de este fecha y deberá ser publicado en "La Gaceta", Diario Oficial.
Comuníquese, Publíquese.- Casa Presidencial. Managua, D. N., 12 de Septiembre de 1962.- LUIS A. SOMOZA D.- EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA POR LA LEY, HELIODORO MONTES GONZÁLEZ.