Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Certificaciones
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PROCLAMACIÓN DE ELECTOS "ELECCIONES SOBERANAS MUNICIPALES 2022"

CERTIFICACIÓN, aprobada el 24 de noviembre de 2022

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 222 del 25 de noviembre de 2022

El suscrito Secretario de Actuaciones del Consejo Supremo Electoral, certifica la resolución dictada por este Poder del Estado, que íntegra y literalmente dice:

"Consejo Supremo Electoral.- Managua, veinticuatro de noviembre del año dos mil veintidós. - Las cuatro de la tarde.-

Proclamación de Electos "Elecciones Soberanas Municipales 2022"

Considerando

I

Que, por disposición Constitucional y atribuciones de la Ley 331, Ley Electoral, este Poder del Estado dictó acuerdo de fecha quince de agosto del año dos mil veintidós, en el que se convocó a "Elecciones Soberanas Municipales 2022" verificadas el pasado seis de noviembre del año 2022.

II

Que, el Consejo Supremo Electoral como Poder del Estado de Nicaragua y en fiel cumplimiento de su misión Constitucional, ha garantizado que en el proceso electoral "Elecciones Soberanas Municipales 2022" desarrollado de acuerdo al Calendario Electoral, se cumplieran con los derechos consignados en nuestra Constitución Política para todas y todos los nicaragüenses y las Organizaciones Políticas, asegurando los más altos estándares democráticos de participación, inclusión, transparencia e igualdad absoluta entre el hombre y la mujer, haciendo valer los derechos de independencia, soberanía y autodeterminación de nuestro pueblo, velando y preservando estos derechos y garantías que nos llevaron a ser protagonistas de un proceso electoral en armonía, propio de una nación que vive en Paz.

III

Que, es digno reconocer la fiesta cívica manifestada en la participación de manera espontánea y patriótica por las y los nicaragüenses para ejercer con plena soberanía el derecho al voto en las urnas el seis de noviembre del año 2022, todo bajo la tutela y administración del Sistema Electoral, en el que el Consejo Supremo Electoral tiene como finalidad asegurar que las votaciones y los escrutinios traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de las y los ciudadanos, y que a su vez sean el reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada de manera directa y secreta.

IV

Que, la Ley 331, Ley Electoral establece en sus artículos 153, 154 y 155 los mecanismos que este Poder del Estado ha cumplido, para asegurar los principios de igualdad y la equidad entre hombres y mujeres en los listados de la declaración final de electas y electos en estas elecciones, asegurándose en cada municipio la composición final de las y los miembros de los Concejos Municipales con el 50% más uno, correspondiendo la titularidad a mujeres, cuando la totalidad de cargos o escaños a elegir sea un número impar.

V

Que, el Consejo Supremo Electoral, por acuerdo de las cinco de la tarde del día once de noviembre del presente año, mandó a publicar los resultados provisionales de las "Elecciones Soberanas Municipales 2022", verificadas el pasado seis de noviembre del año dos mil veintidós. El referido acuerdo les fue debidamente notificado a los Partidos y Alianzas de Partidos participantes en este proceso para que, de conformidad con la Ley Electoral en materia de recursos, hicieran uso de sus derechos y que, al haberse agotado los plazos establecidos en las actividades 32 y 33 del Calendario Electoral, se confirman los mismos.

Por Tanto:

El Consejo Supremo Electoral en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 173 de la Constitución Política de la República y de conformidad con los artículos 48, 131 en su párrafo tercero y 178 de la misma Constitución; el artículo 10 de la Ley Electoral; y los artículos 146, 147, 148, 149, 150, 153, 154, 155 y 160 de la misma Ley; el artículo 26 de la Ley No. 40 "Ley de Municipios con Reformas incorporadas" y las Consideraciones hechas, Resuelve: Primero.- Proclamar Electas y Electos en las "Elecciones Soberanas Municipales 2022" del pasado seis de Noviembre del año 2022, en los cargos de Alcaldes, Alcaldesas, Vicealcaldes y Vicealcaldesas Municipales; y los cargos de las y los Miembros de los Concejos Municipales propietarias y propietarios con sus respectivos suplentes o respectivas suplentes, para que ejerzan sus cargos de acuerdo con lo establecido por la Constitución Política de la República y la Ley Electoral, a las ciudadanas y ciudadanos:

Segundo.- De conformidad con el artículo 148 de la Ley Electoral y el artículo 26 de la Ley No. 40 "Ley de Municipios con Reformas incorporadas" los Alcaldes, Alcaldesas, Vicealcaldes y Vicealcaldesas electos se incorporan a los Concejos Municipales como propietarios; asimismo los candidatos a Alcaldes, Alcaldesas, Vicealcaldes y Vicealcaldesas, que obtuvieron la segunda mayor votación se incorporan a los Concejos Municipales como propietarios y suplentes respectivamente. Tercero.- Convocar a través de los Representantes Legales de los Partidos y Alianzas de Partidos Políticos, a los Alcaldes, Alcaldesas, Vicealcaldes y Vicealcaldesas y las y los Miembros de los Concejos Municipales y los incorporados por disposición de Ley, para que se les tome la promesa de Ley, queden en posesión del cargo y reciban su credencial ante el Consejo Supremo Electoral de conformidad a la actividad No. 36 del Calendario Electoral. Cuarto.- La presente resolución es materia electoral, no admite recurso alguno y entrará en vigencia a partir del día de hoy veinticuatro de noviembre del año dos mil veintidós sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Publíquese.- Notifiquese.- (f) Brenda Isabel Rocha Chacón, Magistrada Presidenta; (f) Cairo Melvin Amador, Magistrado Vicepresidente; (f) Lumberto Campbell Hooker, Magistrado; (f) Mayra Antonia Salinas Uriarte, Magistrada; (f) Alma Nubia Baltodano Marcenaro, Magistrada; (f) Devoney Johaira McDavis Álvarez, Magistrada; (f) Leonzo Knight Julián, Magistrado. Ante mí: (f) Luis Alfonso Luna Raudez, Secretario de Actuaciones".-

Es conforme con su original con la cual fue debidamente cotejada. Managua, veinticuatro de noviembre del año dos mil veintidós. (f) Luis Alfonso Luna Raudez, Secretario de Actuaciones.


–Hasta aquí publicación de Proclamación de Electos "Elecciones Soberanas Municipales 2022".-


LISTA PROCLAMACIÓN DE ELECTOS ELECCIONES SOBERANAS MUNICIPALES 2022-SECCIÓN 1.pdf




LISTA PROCLAMACIÓN DE ELECTOS ELECCIONES SOBERANAS MUNICIPALES 2022-SECCIÓN 2.pdf
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