Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Categoría normativa: Resoluciones
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REFORMA PUNTUAL A LA RESOLUCIÓN No. CD-SIBOIF-605-1-DIC9-2009, DICTADA POR EL CONSEJO DIRECTIVO EN SESIÓN DE FECHA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

Resolución N° CD-SIBOIF-609-1-ENE8-2010, Aprobada el 08 de Enero del 2010

Publicada en La Gaceta No. 38 del 24 de Febrero del 2010

De fecha 08 de enero de 2010


REFORMA PUNTUAL A LA RESOLUCIÓN N° CD-SIBOIF-605-1- DIC9-2009, DICTADA POR EL CONSEJO DIRECTIVO EN SESIÓN DE FECHA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, después de las deliberaciones al respecto,

CONSIDERANDO

ÚNICO

Que con base a la facultad que le otorga el artículo 3, numerales 3 y 13, y el artículo 10, numeral 7, de la Ley 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, y sus reformas contenidas en la Ley 552, Ley de Reformas a la referida Ley 316;

En uso de sus facultades.

RESUELVE
CD-SIBOIF-609-1-ENE8-2010

Primero: Refórmese el Punto Cuarto de la Resolución N° CD-SIBOIF­605-1-DIC9-2009, dictada por este órgano colegiado en sesión de fecha 09 de diciembre del año 2009, el cual deberá leerse así:

"Cuarto: Los bancos, sociedades financieras y compañías de seguros tendrán hasta el 31 de marzo del 2010 para ajustar sus sistemas operativos y tecnológicos a las disposiciones contenidas en la presente norma, exceptuando los dispuesto en estos artículos para la cartera de créditos de consumo desembolsados por medio de tarjetas de crédito, para lo cual el plazo para ajustarse será hasta el 31 de enero de 2010."

Segundo: La presente resolución entrará en vigencia a partir de su notificación, sin perjuicio de su publicación en La Gaceta Diario Oficial. (f) J. Rojas R. (f) V. Urcuyo V. (f) Gabriel Pasos Lacayo (0 Fausto Reyes B. (f) Ilegible (Silvio Casco Marenco) (f) U. Cerna B. (f) URIEL CERNA BARQUERO, Secretario Consejo Directivo SIBOIF.
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