LA SUSCRITA MINISTRA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA APROBAR LA CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA Y REGISTRO DE 05 ORGANISMOS SIN FINES DE LUCRO, POR ESTAR EN INCUMPLIMIENTOS A LAS LEYES QUE LOS REGULAN
ACUERDO MINISTERIAL N°. 03-2025-OSFL, aprobado el 28 de enero de 2025
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 17 del 29 de enero de 2025
Acuerdo Ministerial No. 03-2025-OSFL
La suscrita Ministra del Ministerio del Interior de la República de Nicaragua, María Amelia Coronel Kinloch, acuerda aprobar la Cancelación de Personalidad Jurídica y Registro de 05 Organismos sin Fines de Lucro, por estar en incumplimientos a las Leyes que los regulan.
Considerando
I
Que el artículo 13 de la Ley N°. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” expresa que: “Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes”. Por su parte el artículo 27 del Decreto No. 71-98 reformado por el Decreto N°. 25-2006, “Reformas y Adiciones al Decreto N°. 71-98 Reglamento de la Ley N°. 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, en su parte conducente íntegra y literalmente dice: “Ministros. Los Ministros tienen jurisdicción en toda la República, en el ámbito de su competencia. Sus funciones son permanentes y ejercen la autoridad sobre las dependencias, funcionarios y empleados de su cartera...”
II
El Ministerio del Interior es el encargado de garantizar el cumplimiento de la Ley No. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley No. 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructura del Ministerio del Interior, así mismo es facultad del Ministerio del Interior como autoridad competente regular la constitución, registro, autorización, control, supervisión, sanción y cancelación de personalidad jurídica de Organismos sin Fines de Lucro, de conformidad a los artículos 1, 3, 7 numeral 7 y 57 de la Ley No. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 09 del 18/01/2024.
III
Que es facultad de la Dirección General de Registro y Control de OSFL, establecer medidas que promuevan la transparencia e integridad y confianza pública en la administración y manejo de los OSFL, de conformidad al artículo 10 numeral 15 de la Ley N°. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”.
IV
Que los siguientes organismos, han incumplido con sus obligaciones conforme marco normativo, ante la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro, ya que no reportaron por períodos de entre 01 hasta 49 años sus Estados Financieros conforme periodos fiscales, con desgloses detallados de ingresos y egresos, balanza de comprobación, detalle de donaciones y sus Juntas Directivas:
1. Fundación Chinandega 2001, Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 1124, Gaceta No. 225 del 29/11/1995, inscrita desde el 19/12/1996, bajo el número perpetuo 91-III. Por obstaculizar el control y vigilancia de la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro.
2. Club Social de Jinotega, con Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 45, Gaceta No. 82, del 06/04/1976, por estar al margen de la Ley, al no inscribirse ante la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior y no reportar desde su constitución Estados Financieros y Junta Directiva.
3. Asociación Cristiana Proeza en Dios (ACPED), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 4312, Gaceta No. 39 del 23/02/2006, inscrita desde el 21/06/2006, bajo el número perpetuo 3336. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros periodos 2019-2024 y Junta Directiva vencida desde el 21/03/2021.
4. Asociación Comisión para el Desarrollo Rural (CODER), Personalidad Jurídica otorgada mediante Decreto No. 956, Gaceta No. 74 del 24/04/1995, inscrita desde el 27/06/1995, bajo el número perpetuo 13-II. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros periodos 2022-2024 y Junta Directiva vencida desde el 23/01/2023.
5. Ministerio Evangelistico Internacional Cristo la Cabeza (INSTICAMI-CC), Inc., inscrita desde el 29/07/2003, con número perpetuo 2580 y registro publicado en Gaceta Diario Oficial No. 151, del 12/08/2003. Situación Legal: En incumplimiento, no reportaron estados financieros periodos 2019-2024 y Junta Directiva.
V
De acuerdo a Dictamen Legal emitido por la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior, los organismos anteriormente referidos, han incumplido sus obligaciones conforme lo establecido en el artículo 44 numerales 3, 7, 24, 25, 26, 26.1, 26.3 y 27, y artículo 45 numeral 7 de la Ley N°. 1115, ya que al no reportar por períodos de entre 01 hasta 49 años sus Estados Financieros conforme periodos fiscales, con desgloses detallados de ingresos y egresos, balanza de comprobación, detalle de donaciones y sus Juntas Directivas, obstaculizando el control y vigilancia de la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior, al no promover políticas de transparencia en la administración de los fondos, desconociéndose a los directivos que los administraban y las ejecuciones de sus proyectos, si fue acorde a sus objetivos y fines, por los cuales se les otorgó Personalidad Jurídica y Registro.
POR TANTO
En uso de las facultades conferidas en la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” y sus Reformas, la Ley N°. 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructuras del Ministerio del Interior”, Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y su Reglamento, la suscrita Ministra;
ACUERDA
PRIMERO: Aprobar la cancelación de Personalidad Jurídica y Registro a los 05 OSFL mencionados en el presente Acuerdo, por estar en incumplimiento de sus obligaciones, conforme a las Leyes que los regulan, obstaculizando el control y vigilancia de la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro. Publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, a las ocho y treinta minutos de la mañana del día veintiocho de enero del año dos mil veinticinco, (f) María Amelia Coronel Kinloch, Ministra del Ministerio del Interior.