Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Circular
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(TARIFA EN SEMANA DE COMUNICACIONES)

CIRCULAR N°. 505, aprobada el 4 de noviembre de 1946

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 244 del 12 de noviembre de 1946

Managua, D. N., 4-Noviembre-1946
Administradores de Rentas.
Toda la República.

CIRCULAR Nº 505.

La Semana de Comunicaciones será durante los días 11 al 17 de este mes, lapso en el cual se cobrará tarifa doble por los servicios de comunicaciones en general. Por este motivo en cada boleta única de entero, Ud. tendrá que detallar el valor de la tarifa ordinaria separadamente del servicio extra para la Semana de Comunicaciones, por lo cual exigirá a los enterantes, en cada entrega, una liquidación explicativa. El valor del servicio extra aludido lo contabilizará en la página dos del E. de I., después de la cuenta Radio nacional. El cargo a Caja y la operación de los depósitos al Banco se harán sin ninguna modificación. Avise estar entendido.


Emilio Pereira A.,
Presidente del Tribunal de Cuentas.
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Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
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