Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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LA SUSCRITA MINISTRA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA POR DISOLUCIÓN VOLUNTARIA DE MIEMBROS, APROBAR LA CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA Y REGISTRO DE 07 ORGANISMOS SIN FINES DE LUCRO

ACUERDO MINISTERIAL N°. 04-2024-OSFL, aprobado el 12 de enero de 2024

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 07 del 16 de enero de 2024

Acuerdo Ministerial No. 04-2024-OSFL

La suscrita Ministra del Ministerio del Interior de la República de Nicaragua, María Amelia Coronel Kinloch, acuerda por Disolución Voluntaria de miembros, aprobar la Cancelación de Personalidad Jurídica y Registro de 07 Organismos sin Fines de Lucro.

Considerando

I

Que el artículo 13 de la Ley N°. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” expresa que: “Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes”. Por su parte el artículo 27 del Decreto No. 71-98 reformado por el Decreto N°. 25-2006, “Reformas y Adiciones al Decreto N°. 71-98 Reglamento de la Ley N°. 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, en su parte conducente íntegra y literalmente dice: “Ministros. Los Ministros tienen jurisdicción en toda la República, en el ámbito de su competencia. Sus funciones son permanentes y ejercen la autoridad sobre las dependencias, funcionarios y empleados de su cartera...”

II

Es facultad del Ministerio del Interior la constitución, autorización, regulación, funcionamiento, disolución, liquidación, supervisión y cancelación de Personalidad Jurídica y Registro de los Organismos sin Fines de Lucro, de conformidad a la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y sus reformas.

III

Que los siguientes organismos, solicitaron al Ministerio del Interior, Dirección General de Organismos sin Fines de Lucro, la Cancelación de su Personalidad Jurídica y Registro por Disolución Voluntaria de sus miembros, fundamentando su solicitud en el artículo 42, numeral 1 y artículo 47, numeral 1, de la Ley No. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro” y sus reformas:

1. Asociación Fraternidad de Vida Evangélica de Misioneros de la Cruz, Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 2694, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 220, del 20/11/2000, e inscrita desde el 15/01/2001, con número perpetuo 1819, solicitó mediante Acta No. 92 de Asamblea General Extraordinaria del 22/03/2023, disolución voluntaria por falta de interés de la mayoría de sus miembros y otros que se fueron al extranjero.

2. Asociación Grupo de Profesionales de Apoyo Emocional (GRUPO PAE), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 2385, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 232, del 03/12/1999, e inscrita desde el 15/08/2005, con número perpetuo 3125, solicitó mediante Acta No. 16 de Asamblea General Extraordinaria del 09/12/2023, disolución voluntaria por falta de recursos económicos para continuar realizando proyectos.

3. Asociación Ministerio Matrimonios sobre la Roca (MMSR), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 7762, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 109, del 12/06/2015, e inscrita desde el 24/08/2015, con número perpetuo 6210, solicitó en fecha 04/12/2023 disolución voluntaria por disminución de sus miembros desde hace más de 06 años.

4. Fundación 21 Síndrome Down Nicaragua, Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 7329, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 214, del 11/11/2013, e inscrita desde el 11/12/2013, con número perpetuo 5789, solicitó disolución voluntaria mediante Acta No. 02 de Asamblea General Extraordinaria del 20/12/2023, por falta de recursos económicos para continuar operando.

5. Asociación Iglesia el Tabernáculo de David (AIETDD), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 8531, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 49, del 12/03/2019, e inscrita desde el 04/04/2019, con número perpetuo 6818, solicitó en fecha 02/05/2023 disolución voluntaria por falta de ingresos y por disminución del número de sus miembros.

6. Asociación Iglesia Pentecostal El Redentor, Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 3409, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 60, del 26/03/2003, e inscrita desde el 17/10/2007, con número perpetuo 3907, solicitó en fecha 19/08/2023 disolución voluntaria por ser sus miembros de la tercera edad con padecimientos crónicos.

7. The Pulsera Project, inscrita desde el 10/07/2012, bajo el Número perpetuo 5388 y registro publicado en Gaceta No. 153 del 14/08/2012, solicitó en fecha 19/08/2023 disolución voluntaria por falta de financiamiento debido a la pandemia del covid 19.

POR TANTO

En uso de las facultades conferidas en la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, su Reglamento, Ley N°. 1115, “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, su Reglamento y la Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”, la suscrita Ministra;

ACUERDA

PRIMERO: Aprobar, por Disolución Voluntaria la Cancelación de Personalidad Jurídica y Registro de los 07 organismos sin Fines de Lucro, acordada por los miembros que los integran.

SEGUNDO: Se ordena a la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior, proceder a la cancelación del Registro y número perpetuo asignado a los 07 organismos.

Dado en la ciudad de Managua, a las tres y cuarenta y cinco minutos de la tarde del día doce de enero del año dos mil veinticuatro, (f) María Amelia Coronel Kinloch, Ministra del Ministerio del Interior.
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