Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Bienestar y Seguridad Social
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
Abrir Gaceta
-
REFORMA A REGLAMENTO DE LICITACIONES DE JUNTA NACIONAL DE ASISTENCIA Y PREVISIÓN SOCIAL Y DEL INSS

ACUERDO No. 99, Aprobado el 14 de Octubre de 1966

Publicado en La Gaceta No. 265 del 19 de Noviembre de 1966

El Consejo Directivo de la Junta Nacional de Asistencia y Previsión Social y del Instituto Nacional de Seguridad Social, en uso de sus facultades,
Acuerda:

Aprobar la reforma, al Reglamento de Licitaciones de la Junta Nacional de Asistencia y Previsión Social y del Instituto Nacional de Seguridad Social, en la siguiente forma:

Artículo 1.- Se adiciona al Artículo 13 la siguiente disposición:

“Tampoco serán admitidas a licitación las firmas, empresas o representantes que hayan elaborado los planos de la obra”.

Artículo 2.- Se adiciona al artículo 32 que dirá así:

“Las disposiciones de este Reglamento regirán también para las Juntas Locales de Asistencia Social de toda la República y para las Instituciones asistenciales que dependan o estén adscritas directa o indirectamente a la junta Nacional de Asistencia y Previsión Social.

Artículo 3.- Esta reforma tendrá vigencia desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en Managua, Distrito Nacional, a los catorce días del mes de Octubre de mil novecientos sesenta y seis.

Luis Zúñiga Osorio - Alfonso Boniche Vásquez - Abraham Rossman Castilla - Roberto Lacayo Fiallos - Francisco Boza Gutiérrez - Gonzalo Torres García - Justo Adolfo Ordeñana Gaitán - Enrique Belli Cortés - J. A. Tijerino Medrano-Rafael Alvarado Sarria - Alejandro Dipp Muñoz - Roberto Rosales Mercado, Secretario.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.