Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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APRUÉBASE EL PROTOCOLO AL TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO Y OTRAS INSTANCIAS POLÍTICAS

DECRETO A.N. No. 430 de 16 de Octubre 1991

Publicado en La Gaceta No. 230 de 5 de Diciembre 1991

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo Nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Considerando

I

Que los Presidentes de Centroamérica suscribieron en la Ciudad de San Salvador, El Salvador, el 16 de Julio de 1991, un segundo Protocolo al Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y Otras Instancias Políticas.

II

Que los Mandatarios Centroamericanos han reiterado la importancia que tiene el Parlamento Centroamericano como: "Foro en el que los pueblos del Área, por medio de sus representantes elegidos libre y directamente discutirán y formularán recomendaciones apropiadas sobre los problemas políticos, económicos y sociales de Centroamérica.

En uso de sus facultades,

Ha dictado

El siguiente:

Decreto

Artículo 1.- Apruébase el Protocolo al Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y Otras Instancias Políticas, suscrito en San Salvador, República de El Salvador, por el Presidente de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua el 16 de Julio de 1991.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciséis días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y uno.- Luis Sánchez Sancho. Presidente de la Asamblea Nacional por Ley.- Willian Frech Frech. Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese.- Managua, cinco de Noviembre de mil novecientos noventa y uno.- Violeta Barrios de Chamorro. Presidente de la República.
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