Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE CESIÓN DE LA CANTIDAD PRINCIPAL AGREGADA, CON RESPECTO A LAS EXPORTACIONES A CIERTAS COMPAÑÍAS, SUSCRITO POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA CHECA CON EL GOBIERNO DE NICARAGUA

DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 1906, aprobado el 18 de junio de 1998

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 136 del 22 de julio de 1998

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO:

ÚNICO

Que el Gobierno de la República Checa suscribió con el nuestro, un Convenio de Cesión de la cantidad principal agregada, con respecto a las exportaciones a ciertas Compañías en Nicaragua.

En uso de sus facultades

Ha dictado el siguiente:
DECRETO:

DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE CESIÓN DE LA CANTIDAD PRINCIPAL AGREGADA, CON
RESPECTO A LAS EXPORTACIONES A CIERTAS COMPAÑÍAS, SUSCRITO POR EL
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA CHECA CON EL GOBIERNO DE NICARAGUA



Artículo 1.- Apruébase el Convenio de Cesión de la Cantidad Principal Agregada, suscrito por el Gobierno de la República Checa con el Gobierno de Nicaragua, en Londres, Inglaterra, el 18 de Noviembre de 1996, para vender, ceder y transferir cada Activo Cedido a Nicaragua.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciocho días del mes de Junio de mil novecientos noventa y ocho.- IVÁN ESCOBAR FORNOS.- PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL.- NOEL PEREIRA MAJANO.- SECRETARIO DE LA ASAMBLEA NACIONAL.
POR TANTO:

Publíquese y ejecútese. Managua, ocho de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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