Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE TRABAJO DE CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO "LA BUENA ESPERANZA", SAN FERNANDO, R.L. (COOTCOMABUESSANF, R.L.)

RESOLUCIÓN N°. 001-2020 PJ NS MEFCCA, aprobada el 30 de enero de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 48 del 11 de marzo de 2020

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de Nueva Segovia del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 010 se encuentra la Resolución No. 001-2020 PJ NS MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 001- 2020 PJ NS MEFCCA, Nueva Segovia treinta de Enero del año dos mil veinte, las cuatro de la tarde, en fecha veintiuno de Enero del año dos mil veinte, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE TRABAJO DE CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO "LA BUENA ESPERANZA", SAN FERNANDO, R.L. (COOTCOMABUESSANF, R.L.) con domicilio social en el Municipio de San Fernando, departamento de Nueva Segovia. Se constituye a las dos de la tarde del día veinte de Enero del año dos mil veinte. Se inicia con diecisiete (17) asociados, dieciséis (16) hombres, uno (1) mujeres, con un capital suscrito de C$ 17,000 (diecisiete mil córdobas netos) y un capital pagado de C$4,250 (cuatro mil doscientos cincuenta córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE TRABAJO DE CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO "LA BUENA ESPERANZA", SAN FERNANDO, R.L. (COOTCOMABUESSANF, R.L.) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Jeyco Alberto Hernández Moncada; Vicepresidente (a): Richard Fidel Gutiérrez; Secretario (a): Santos Carlos Martínez Matey; Tesorero (a): Osmio Arturo López Gómez; Vocal: Neylin Judith Centeno Núñez. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a María Isabel Alemán Gómez, Delegada Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los treinta días del mes de Enero del año dos mil veinte. (f) María Isabel Alemán Gómez, Delegada Departamental.
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