(SE REFORMA EL INCISO A) DEL ARTICULO 9 DEL DECRETO 44-94 DEL COMITÉ EJECUTIVO PARA LA REFORMA A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA)
DECRETO EJECUTIVO N°. 102-2000, aprobado el 2 de octubre del 2000
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 189 del 6 de octubre del 2000
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Artículo 1.- Se reforma el inciso a) del artículo 9, del Decreto 44-94 Comité Ejecutivo para la Reforma a la Administración Pública publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 203 del 31 de Octubre de 1994 el que se leerá así:
“ inciso a) Comisión Sectorial para la Descentralización, con el objetivo de diseñar, proponer y promover los planes y programas que garanticen un proceso fiscal, administrativo y funcional ordenado en materia de desconcentración y/o descentralización de actividades y servicios a los gobiernos municipales. Esta comisión estará presidida por el Presidente del Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal y tendrá como miembros al Ministro de Educación, Cultura y Deportes, al Ministro de Salud, al Ministro de Transporte e Infraestructura, al Ministro del Ambiente y Recursos Naturales, al Presidente Ejecutivo del FISE, al Presidente Ejecutivo del Instituto de Desarrollo Rural (IDR) y al Secretario Técnico de la Presidencia o sus delegados respectivos.”
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el dos de Octubre del año dos mil.-ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.