Normas Jurídicas de Nicaragua
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Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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SE DECLARA EN ESTADO DE SITIO Á GRANADA

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 10 de noviembre de 1908

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 136 del 21 de noviembre de 1908
Se declara en estado de sitio á Granada

Vistas las informaciones seguidas en la ciudad de Granada, por las cuales se viene en conocimiento de que en ese departamento existen trabajos de conspiración contra la tranquilidad de la República; y que es deber del Ejecutivo mantener la estabilidad del orden público, para lo cual se hace preciso que las autoridades obren con la energía y libertad de acción que requieren los intereses nacionales, el Presidente de la República en uso de sus facultades y en Consejo de Ministros,

Decreta:

Art. 1°. — Se declara en estado de sitio el departamento de Granada; y en consecuencia, suspensas temporalmente en esa jurisdicción, las garantías individuales, de conformidad con el artículo 45 Cn.

Art. 2°. — La presente disposición regirá desde esta fecha.

Dado en Managua, á los diez días de noviembre de mil novecientos ocho. J. S. Zelaya - El Ministro de la Gobernación y sus anexos — Federico Sacasa — El Ministro de Relaciones Exteriores é Instrucción Pública — Rodolfo Espinosa R.— El Ministro de la Guerra y Marina — Juan J. Estrada — El Ministro de Hacienda y Crédito Público — Ernesto Martínez — El Ministro de Fomento y Obras Públicas. J. Irías.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.

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