ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE ARGENTINA
PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES
DECRETO No.29-99, Aprobado el 23 de Marzo de 1999
Publicado en La Gaceta No.68 del 14 de Abril de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que Nicaragua suscribió el 10 de Agosto de 1998, el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, con la República de Argentina.II
Que la Asamblea Nacional aprobó el mencionado Acuerdo por Decreto 2086 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No.227 del 25 de noviembre de 1998.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política HA DICTADO
El siguiente:DECRETO
Artículo 1.- Ratificar el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, suscrito por Nicaragua con la República de Argentina, el 10 de Agosto de 1998.
Artículo 2.- Expedir el instrumento de Ratificación para su depósito en el Organismo correspondiente.
Artículo 3.- E1 presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación, en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua Casa Presidencial, el veintitrés de Marzo de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
Observación: Título de la norma, conforme publicación de la Ley N°. 1049, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Relaciones Internacionales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 130, del 14 de julio de 2021”