Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-
RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA FACILITAR LA
ASISTENCIA EN CASOS DE DESASTRES

Decreto No. 1-98. Aprobado el 9 Enero 1998.

Publicado en la Gaceta No. 25 de 6 Febrero 1998.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el 7 de Junio de 1991 fue adoptada en Santiago, Chile, durante el Vigésimo Primer Período de Sesiones de la Asamblea General de los Estados Americanos la CONVENCION INTERAMERICANA PARA FACILITAR LA ASISTENCIA EN CASOS DE DESASTRES.
II

Que el Representante Permanente de Nicaragua ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), suscribió en Washington, D.C. el 21 de Abril de 1992 la referida Convención.
III

Que la Asamblea Nacional aprobó por Decreto No.1734 del 4 de Septiembre de 1997 dicha Convención, promulgada por el Presidente de la República el 26 de ese mismo mes y año y publicado en La Gaceta, Diario Oficial No.203 del 24 de Octubre de 1997.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO:

El siguiente Decreto de:
RATIFICACION DE LA CONVENCION INTERAMERICANA PARA FACILITAR LA
ASISTENCIA EN CASOS DE DESASTRES


Artículo 1.- Ratificar la CONVENCION INTERAMERICANA PARA FACILITAR LA ASISTENCIA EN CASOS DE DESASTRES, adoptada en Santiago, Chile, el 7 de Junio de 1991 durante el Vigésimo Primer Período de Sesiones de la Asamblea General de los Estados Americanos y que suscribió el Representante Permanente de Nicaragua ante dicha Organización, el 21 de Abril de 1992.

Artículo 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, de conformidad con el artículo XVIII de la Convención.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, nueve de Enero de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO.- Presidente de la República de Nicaragua.- EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS.- Ministro de la Presidencia
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.