Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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LA SUSCRITA MINISTRA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA POR DISOLUCIÓN VOLUNTARIA DE MIEMBROS, APROBAR LA CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA Y REGISTRO DE 06 ORGANISMOS SIN FINES DE LUCRO

ACUERDO MINISTERIAL N°. 19-2024-OSFL, aprobado el 27 de marzo de 2024

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 57 del 03 de abril de 2024

Acuerdo Ministerial No. 19-2024-OSFL

La suscrita Ministra del Ministerio del Interior de la República de Nicaragua, María Amelia Coronel Kinloch, acuerda por Disolución Voluntaria de miembros, aprobar la Cancelación de Personalidad Jurídica y Registro de 06 Organismos sin Fines de Lucro.

Considerando

I

Que el artículo 13 de la Ley N°. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” expresa que: “Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes”. Por su parte el artículo 27 del Decreto No. 71-98 reformado por el Decreto N°. 25-2006, “Reformas y Adiciones al Decreto N°. 71-98 Reglamento de la Ley N°. 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, en su parte conducente íntegra y literalmente dice: “Ministros. Los Ministros tienen jurisdicción en toda la República, en el ámbito de su competencia. Sus funciones son permanentes y ejercen la autoridad sobre las dependencias, funcionarios y empleados de su cartera...”

II

El Ministerio del Interior es el encargado de garantizar el cumplimiento de la Ley 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructura del Ministerio del Interior, así mismo es facultad del Ministerio del Interior la constitución, autorización, regulación, funcionamiento, disolución, liquidación, supervisión, sanción y cancelación de Personalidad Jurídica de los Organismos sin Fines de Lucro, de conformidad al artículo 3 de la Ley 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”; artículo 1 de la Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”; artículo 3 numeral 1 y artículo 4 del Reglamento de la Ley N°. 1115.

III

Que los siguientes organismos, solicitaron al Ministerio del Interior, Dirección General de Organismos sin Fines de Lucro, la Cancelación de su Personalidad Jurídica y Registro por Disolución Voluntaria de sus miembros, fundamentando su solicitud en el artículo 42, numerales 1, 3 y 4; y artículo 47, numeral 1, de la Ley No. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro” y sus reformas:

1. Asociación Redes de Solidaridad Nicaragua (ARESONI), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 3729, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 25, del 05/02/2004, e inscrita desde el 12/02/2004, con número perpetuo 2689, solicitó el 05/03/2024, disolución voluntaria por falta de Financiamiento e imposibilidad de continuar ejecutando sus proyectos sociales.

2. Asociación Ministerio Centro de Fé Destinados para Grandeza (AMCFDG), Personalidad Jurídica sin Fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 8630, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 241, del 17/12/2019, e inscrita desde el 08/08/2020, con número perpetuo 6938, solicitó el 04/03/2024, disolución voluntaria por no contar con fondos para realizar sus proyectos.

3. Asociación de Pequeños Mineros Artesanales (ASPEMINA), Personalidad Jurídica sin Fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 1020, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 186, del 05/10/1995, e inscrita desde el 06/05/1999, con número perpetuo 1336, solicitó mediante Escritura Pública No. 158 de Asamblea General Extraordinaria del 03/03/2024, disolución voluntaria por no contar con recursos económicos para el cumplimiento de sus fines y objetivos.

4. Fundación Politécnico La Salle, Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 1724, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 203, del 24/10/1997, e inscrita desde el 10/12/1997, con número perpetuo 899, solicitó el 07/03/2024, disolución voluntaria por disminución del número de sus miembros al mínimo fijado por la Ley y falta de recursos para desarrollar proyectos, lo que ha imposibilitado el cumplimiento de los fines y objetivos para los cuales se constituyó la Fundación.

5. Global Brigades, Inc, inscrita desde el 10/03/2014, bajo el Número perpetuo 5821 y registro publicado en Gaceta No. 57 del 25/03/2014, solicitó en fecha 07/03/2024, disolución voluntaria por haber culminado su cartera de proyectos en Nicaragua.

6. Asociación Integral a la Familia Juan Pablo II (ASATINFAJUP II), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 2502, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 68, del 05/04/2000, e inscrita desde el 17/06/2000, con número perpetuo 1696, solicitó el 27/02/2024, disolución voluntaria por disminución del número de sus miembros y por falta de recursos económico para cumplir los fines y objetivos para los que fue creada la Asociación.

POR TANTO

En uso de las facultades conferidas en la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” y sus Reformas, la Ley N°. 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructuras del Ministerio del Interior”, Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro, su Reglamento y la Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley 1115 y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”, la suscrita Ministra;

ACUERDA

PRIMERO: Aprobar, por Disolución Voluntaria la Cancelación de Personalidad y Registro de los 06 organismos sin Fines de Lucro, acordada por los miembros que los integran.

SEGUNDO: Se ordena a la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior, proceder a la cancelación del Registro y número perpetuo asignado a los 06 organismos.

Dado en la ciudad de Managua, a las nueve y quince minutos de la mañana del día veintisiete de marzo del año dos mil veinticuatro. (f) María Amelia Coronel Kinloch, Ministra del Ministerio del Interior.
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