Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(RECONOCER Y APROBAR COMO RESERVA SILVESTRE PRIVADA LA PROPIEDAD CONOCIDA COMO LA TURBINA HIDRO-ELÉCTRICA EL CUÁ, DEPARTAMENTO DE JINOTEGA, PERTENECIENTE A LA ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES BENJAMÍN LÍDER "ATDER.BL'')

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 32-2020, aprobada el 17 de marzo de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 59 del 25 de marzo de 2021

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES

RESOLUCIÓN MINISTERIAL No. 32.2020

La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales en uso de las facultades que le otorga la Ley N°. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.

CONSIDERANDO

I

Que es deber del Estado y particularmente del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, apoyar e integrar a los ciudadanos y pobladores en la gestión ambiental, a fin de proteger y conservar los Recursos Naturales existentes en el territorio nacional.

II

Que se ha cumplido con los criterios y procedimientos administrativos aprobados por el MARENA para el reconocimiento de Reservas Silvestre Privadas, según consta en el expediente que para tales efectos se lleva y administra en la Dirección General de Patrimonio Natural del MARENA. Todo de conformidad a las disposiciones establecidas en la Resolución Ministerial No. 10.03.13 "Establecer los Criterios, Requisitos y el Procedimiento Administrativo para la Declaración, Priorización Y Promoción de las Reservas Silvestres Privadas en Nicaragua".

III

Que habiendo obtenido dictamen favorable al reconocimiento y aprobación de la propiedad La Turbina Hidro-Eléctrica El Cuá, Asociación de Trabajadores Benjamín Líder "ATDER.BL", como Reserva Silvestre Privada, dictamen elaborado mediante inspección de campo realizada por el personal técnico en el sitio propuesto de conformidad a lo establecido en el capítulo XX, artículos 98 y 99, del Decreto 20-2017; (Sistema de Evaluación Ambiental de Permisos y Autorizaciones para el Uso Sostenible de los Recursos Naturales).

IV

Que habiéndose revisado documentación técnica y jurídica se ha constatado que la propiedad conocida como La Turbina Hidro-Eléctrica El Cuá, perteneciente a la Asociación de Trabajadores Benjamín Líder "ATDER.BL" cumple con los criterios técnicos para su calificación como Reserva Silvestre Privada de acuerdo al Decreto Número 20-2017; la cual está ubicada en la comarca El Bote, Municipio El Cuá, Departamento de Jinotega, posee una extensión territorial de 940.64 hectáreas en total, equivalente a 1338.79 manzanas, de las cuales todas serán destinadas a la conservación, restauración, y manejo sostenible por los propietarios. Contiene gran diversidad de especies forestales como: granadillo, nogal, guayabo, roble, san Rafael, quebracho y pino y conforme a fauna encontramos especies representativas de la zona a como son: ardillas, guardatinajas, guatusas, conejos, monos, ranitas y culebras, carpinteros, quetzales, gallina de monte, venados entre otras especies. La Turbina Hidro-eléctrica El Cuá, Asociación De Trabajadores Benjamín Líder "ATDER.BL" presenta potencial para desarrollar prácticas de conservación de bosques, turismo de investigación de biodiversidad y actividades de observatorio turístico, contiene un de bosque húmedo representativo de la zona en las partes más altas, contiene especies bioindicadoras de fauna y flora como monos, ranas, roedores y aves etc. Dicha estación está dedicada a la conservación de bosque, producción de agua, captura de carbono, conservación de fauna silvestre diversa y flora.

V

Que el manejo de los recursos naturales en la propiedad Finca, la Turbina Hidro-eléctrica El Cuá, perteneciente a la Asociación De Trabajadores Benjamín Líder "ATDER.BL'', cual se reconocerá como Reserva Silvestre Privada, serán administrado bajo los criterios, procedimientos y Plan de Manejo debidamente aprobados por MARENA, sujetos al constante monitoreo de acuerdo a las competencias asignadas en la Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 28 de la Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, artículo 17 de la Ley N°. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y sección V del Decreto 01-2007, Reglamento Áreas Protegidas.

RESUELVE

PRIMERO: Reconocer y Aprobar como Reserva Silvestre Privada la propiedad conocida como La Turbina Hidro-Eléctrica El Cuá, perteneciente a la Asociación de Trabajadores Benjamín Líder "ATDER.BL'', representada por la Señora Rebeca Louise Leaf originaria de Estados Unidos de Norteamérica, con número de cédula de Residencia Permanente Nicaragüense 15052002061; la propiedad está conformada por un total de 940 hectáreas, de las cuales todas serán destinadas a la conservación.

SEGUNDO: La Reserva Silvestre Privada la Turbina Hidro-Eléctrica El Cuá, se encuentra ubicada en la Comarca El Bote, Municipio El Cuá, Departamento de Jinotega, con las siguientes coordenadas de ubicación:
-

Área 1
ID
Coordenadas X
Coordenadas Y
1 655288 1475957
2657435 1474133
3657892 1474713
4658846 1474047
5 659076 1474614
6 658339 1475453
7 658790 1475823
8 659870 1474753
9 6599211475942
10 659396 1476432
11 659219 1476660
12658612 1477062
13658456 1477442
14 658312 1477453
15 658394 1477797
16 658982 1477613
17 659287 1477817
18659411 1478617
19 659351 1478783
20 659580 1479553
21 659306 1480084
22 658654 1480298
23 658751 1479817
24 659026 1479623
25 658918 1478925
26 658393 1478716
27 6558349 1478270
28 658204 1478065
29 657814 1477813
30 657446 1477081
31657497 1476479
32657671 1475944
33658199 1476204
346580311477557
35657178 1475829
366565231476249
-

Área 2
ID
Coordenadas X
Coordenadas Y
16551301478128
2 6552231478413
365547091478724
4654403 1478593
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TERCERO: Descripción de uso de suelo de toda la propiedad La Turbina Hidro-Eléctrica El Cuá:

- La finca tiene 940.64 hectáreas
- Bosque de conservación o RSP 940.64 hectáreas

TOTAL: 940.64 hectáreas

CUARTO: El reconocimiento de la Reserva Silvestre Privada La Turbina Hidro-Eléctrica El Cuá, estará sujeto a los términos y condiciones establecidos en el Convenio de Administración de la Reserva Silvestre Privada, así como en el Plan de Manejo y planes operativos anuales que se aprueben por el MARENA, para su monitoreo y seguimiento.

QUINTO: Procédase a la firma y suscripción del Convenio de Administración de la Reserva Silvestre Privada La Turbina Hidro-Eléctrica El Cuá, propiedad de la "Asociación de Trabajadores de Desarrollo Rural Benjamín Linder" representado por la señora: Rebeca Louise Leaf, identificada con número de cédula de Residencia Permanente Nicaragüense 15052002061.

SEXTO: La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil veinte. (F) FANNY SUMAYA CASTILLO LARA, Ministra Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA).
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