Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Categoría normativa: Resoluciones
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(AUTORIZAR LA EMISIÓN DE UNA NUEVA SERIE DE BILLETES Y MONEDAS DE LA UNIDAD MONETARIA NACIONAL)

RESOLUCIÓN CD-BCN-XXXII-1-90. Aprobado el 1 de Mayo de 1990

Publicado en El Diario Barricada Edición No. 3804 del 4 de Mayo de 1990

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA,

CERTIFICA:

Que dicho Consejo en su Sesión No. 32 del día primero de Mayo de mil novecientos noventa, adoptó la resolución que literalmente dice:

CD-BCN-XXXII-1-90

El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua,

RESUELVE:

1º. De conformidad con la Ley del 14 de Febrero de 1988, Decreto No. 304, La Gaceta 42 del 1º de Marzo de 1988, Arto. 7, literal (n), autorizar la emisión de una nueva serie de billetes y monedas de la unidad monetaria nacional que, sin cambiar su naturaleza jurídica, de acuerdo a Ley Monetaria en vigor, expresarán una nueva unidad monetaria de cuenta o de registro contable mientras no sean puestos en circulación.

2º. La paridad cambiaria de esta nueva unidad de cuenta o de registro contable, será del uno por uno respecto a la moneda dólar de los Estados Unidos de América. Dicha unidad, únicamente para propósitos de identificación y para mientras los billetes y monedas así emitidos no sean totalmente canjeados para sustituir en su totalidad las emisiones correspondientes al medio circulante actual en un volumen adecuado, incluirá entre sus leyendas, además, la palabra “ORO”.

Es conforme con su original en fe de lo cual se extiende la presente Certificación en la ciudad de Managua a los tres días del mes de Mayo de mil novecientos noventa.

ARTURO ELÍ TABLADA, Secretario. Consejo Directivo.
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