Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(RECONOCER Y APROBAR COMO RESERVA SILVESTRE PRIVADA LA PROPIEDAD DENOMINADA "FINCA LA FORTUNA", UBICADA EN LA COMUNIDAD DE SAN MIGUEL DE BOCAYSITO, MUNICIPIO DE EL CUÁ, DEPARTAMENTO DE JINOTEGA)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 61-2020, aprobada el 05 de junio de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 121 del 01 de julio de 2021

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES

RESOLUCIÓN MINISTERIAL No. 61-2020

La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales en uso de las facultades que le otorga la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.

CONSIDERANDO

I

Que es deber del Estado y particularmente del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), apoyar e integrar a los ciudadanos y pobladores en la Gestión Ambiental, a fin de proteger y conservar los Recursos Naturales existentes en el territorio nacional.

II

Que se ha cumplido con los criterios y procedimientos administrativos aprobados por el MARENA para el reconocimiento de Reservas Silvestre Privadas, según consta en el expediente que para tales efectos se lleva y administra en la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad del MARENA.

III

Que habiendo obtenido dictamen favorable al reconocimiento y aprobación de la propiedad rural "Finca La Fortuna", como Reserva Silvestre Privada, dictamen elaborado mediante inspección de campo realizada por el personal técnico en el sitio propuesto de conformidad a lo establecido en el capítulo veinte (XX), artículos 98 y 99 del Decreto Nº 20-2017 (Sistema de Evaluación Ambiental de Permisos y Autorizaciones para el Uso Sostenible de los Recursos Naturales).

IV

Que habiéndose Revisado documentación técnica y jurídica se ha constatado que la propiedad conocida como "Finca La Fortuna" Cumple con los criterios técnicos para su calificación como Reserva Silvestre Privada de acuerdo al Decreto Nº. 20-2017 (Sistema de Evaluación Ambiental de Permisos y Autorizaciones para el Uso Sostenible de los Recursos Naturales).

V

Que el manejo de los Recursos Naturales en la propiedad Finca La Fortuna la cual se reconocerá como Reserva Silvestre Privada, serán administrado bajo los criterios, procedimientos y Plan de Manejo debidamente aprobados por MARENA, sujetos al constante monitoreo de acuerdo a las competencias asignadas en la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere el artículo 60 de la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 28 de la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, artículo 17 de la Ley No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, sección V del Decreto 01-2007, Reglamento áreas protegidas y el Decreto Nº. 20-2017 Sistema de Evaluación Ambiental de Permisos y Autorizaciones para el Uso Sostenible de los Recursos Naturales.

RESUELVE

PRIMERO: Reconocer y Aprobar como Reserva Silvestre Privada la Propiedad denominada "Finca La Fortuna" propiedad del señor Abel Alberto Aguilar Gutiérrez, identificado con cédula de identidad ciudadana 448-070865- 0000F; conformada por un total de 33.9 ha de las cuales 18.30 ha, serán destinadas a la conservación y preservación de los Recursos Naturales.

SEGUNDO: La Reserva Silvestre Privada "Finca La Fortuna'', se encuentra ubicada en la comunidad de San Miguel de Bocaysito, de la Escuela San Miguel de Bocaysito 1 km al norte, municipio de El Cuá, departamento de Jinotega, Nicaragua, el señor Aguilar Gutiérrez, demuestra ser dueño de la propiedad mediante, Escritura pública Número cincuenta y cuatro (54) del día 15 del mes de octubre del año 2010, ante los oficios Notariales del Licenciado Elías Eugenio Úbeda Montenegro, propiedad Inscrito bajo el Nº 42,736; Folio 30 al 32 del tomo 559; asiento 1ro; secciones de derechos Reales del Registro Público de la Propiedad del Departamento de Jinotega.

TERCERO: La Reserva Silvestre Privada "Finca La Fortuna" se encuentra ubicada en las siguientes coordenadas:

IdXY
16495931478865
26495561478605
36495441478420
46495561478296
56498041478281
66499231478252
76499011478333
86499631478417
96499101478572
106499441478693

CUARTO: El reconocimiento de la Reserva Silvestre Privada "Finca La Fortuna", estará sujeto a los términos y condiciones establecidos en el Convenio de Administración de la Reserva Silvestre Privada, así como en el Plan de Manejo y Planes Operativos Anuales que se aprueben por el MARENA, para su monitoreo y seguimiento.

QUINTO: Procédase a la firma y suscripción del Convenio de Administración de la Reserva Silvestre Privada "Finca La Fortuna", propiedad del señor Abel Alberto Aguilar Gutiérrez.

SEXTO: La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito o circulación nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, a los cinco días del mes de Junio del año dos mil veinte. (f) FANNY SUMAYA CASTILLO LARA Ministra Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA).
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