SE MODIFICA LA TARIFA PARA LA TRASMISIÓN DE TELEGRAMAS
ACUERDO PRESIDENCIAL, aprobado el 20 de octubre de 1893
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 79 del 25 de octubre de 1893
El Presidente de la República en uso de sus facultades,
Acuerda:
Del 1º de Noviembre próximo en adelante, la tarifa para la trasmisión de telegramas, será:
De 1 á 5 palabras 15 centavos
“ 6 “ 10 “ 20 “
“ 11 “ 15 “ 30 “ |
y por el excedente, se cobrarán diez centavos más por cada cinco palabras ó fracción.
Comuníquese – Managua, 20 de Octubre de 1893 – Zelaya – El Ministro de Fomento por la ley – Abaunza.