Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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AUTORIZACIÓN AL PODER EJECUTIVO PARA QUE SUSCRIBA PRÉSTAMO CON AID POR U$ 2.800,000.00 PARA FINANCIAR ESTUDIOS DEL COMITÉ DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

DECRETO No. 1859., Aprobado 28 de Julio 1971

Publicado en la Gaceta No. 205 del 09 de Septiembre de 1971

El Presidente de la República, a sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:


Artículo 1o.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, en el Ramo de Hacienda y Crédito Público, para que por medio del Ministro de Hacienda o del funcionario en quien éste delegue, contrate con la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos de América (AID), en nombre del Gobierno de Nicaragua, un préstamo por la suma de Dos Millones Ochocientos Mil Dólares (US$ 2.800,000.00) a un plazo de cuarenta años, amortizable en sesenta y una cuotas semestrales iguales; con interés del 2% anual, durante los primeros diez años que son de gracia, y el 3 % anual durante el resto del término. El monto del préstamo será destinado a financiar estudios de pre-factibilidad, factibilidad e investigaciones del Comité de Planificación Nacional.

Artículo 2o.- La presente autorización comprende la facultad de firmar todos los documentos que sean precisos en la tramitación del préstamo en referencia y aceptar las cláusulas y condiciones para él requeridas, así como la de incluir en los correspondientes Presupuestos Generales de Ingresos y Egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento oportuno de las obligaciones en él contraídas.

Artículo 3o.- El Presente Decreto regirá desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., 22 de julio de 1971.-( f ) Orlando Montenegro Medrano, D. P.- ( f ) Adolfo González Baltodano, D. S.-( f ) José Ortega Chamorro, D. S.

Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, D. N., 28 de julio de 1971..-( f ) Cornelio H. Hüeck, S. P.(f) Gustavo Raskosky, S. S.(f) Adán Solórzano C., S. S., (un sello).

Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D. N., treinta y uno de julio de mil novecientos setenta y uno, (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República. (f) Roberto Martínez Lacayo, Vice-Ministro de Hacienda y C. P.

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