Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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LA SUSCRITA MINISTRA DE GOBERNACIÓN DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA POR DISOLUCIÓN VOLUNTARIA DE MIEMBROS, APROBAR LA CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE CARITAS DE NICARAGUA

ACUERDO MINISTERIAL N°. 30-2023-OSFL, aprobado el 06 de marzo de 2023

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 42 del 07 de marzo de 2023

Acuerdo Ministerial No. 30-2023-OSFL

La suscrita Ministra de Gobernación de la República de Nicaragua, María Amelia Coronel Kinloch, acuerda por Disolución Voluntaria de miembros, aprobar la Cancelación de Personalidad Jurídica de Caritas de Nicaragua.

Considerando

I

Que el artículo 13 de la Ley Nº. 290, "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo" expresa que: "Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes". Por su parte el artículo 27 del Decreto No. 71-98 reformado por el Decreto Nº. 25-2006, "Reformas y Adiciones al Decreto Nº. 71-98 Reglamento de la Ley Nº. 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", en su parte conducente íntegra y literalmente dice: "Ministros. Los Ministros tienen jurisdicción en toda la República, en el ámbito de su competencia. Sus funciones son permanentes y ejercen la autoridad sobre las dependencias, funcionarios y empleados de su cartera...“

II

Es facultad del Ministerio de Gobernación la aprobación, regulación, Control, Supervisión y Cancelación de Personalidad Jurídica de los Organismos sin Fines de Lucro, de conformidad a la Ley Nº. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y sus reformas.

III

Que Caritas de Nicaragua, se encuentra inscrita ante la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro, desde el 30/11/1994, bajo el número perpetuo 424.

IV

Que el 31 de Enero del año dos mil veintitrés, mediante Acta No. 79 de Asamblea Extraordinaria de Miembros de Caritas Nicaragua, acordaron la Disolución Voluntaria y liquidación de dicho organismo, por decisión unánime de sus miembros; solicitando Caritas de Nicaragua ante la Dirección, General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, la Cancelación de la Personalidad Jurídica por Disolución Voluntaria.

V

La Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, verificó, que la solicitud de Caritas Nicaragua está fundamentada en el artículo 42, numeral 1 y artículo 47, numeral 1, de la Ley No. 1115 "Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro" y sus reformas.

POR TANTO

En uso de las facultades conferidas en la Ley Nº. 290 "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", su Reglamento, Ley No. 1115, y Ley Nº. 1127 "Ley de Reformas y Adiciones a la Ley Nº. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y de Reformas a la Ley Nº. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física", la suscrita Ministra;

ACUERDA

PRIMERO: Aprobar por Disolución Voluntaria, la Cancelación de Personalidad Jurídica de Caritas de Nicaragua, acordada de forma unánime en Asamblea General Extraordinaria de miembros, el treinta y uno de enero del año dos mil veintitrés.

SEGUNDO: Se ordena a la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, proceder a la cancelación del Registro y número perpetuo asignado a Caritas de Nicaragua. Publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, las ocho y cuarenta y cinco de la mañana del día 06 de marzo del año dos mil veintitrés. (f) María Amelia Coronel Kinloch, Ministra de Gobernación.
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