Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DEL PROTOCOLO AL TRATADO CENTROAMERICANO DE TELECOMUNICACIONES

DECRETO A.N. No. 1805. Aprobado el 9 de Diciembre de 1997.

Publicado en La Gaceta No. 15 de 23 de Enero de 1998.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO:

I

Que el 25 de Agosto de 1995, los Ministros de Relaciones Exteriores de Centroamérica y Panamá, suscribieron en la Ciudad de Managua el Tratado Centroamericano de Telecomunicaciones.

II

Que los Estados Miembros del Sistema de Integración Centroamericana (SICA) han manifestado su deseo de continuar con el proceso de integración, poniendo a disposición de los países de Centroamérica y Panamá las más amplias y modernas facilidades de telecomunicaciones regionales que beneficien a todos sus habitantes.

En uso de sus facultades;

HA DICTADO:

El siguiente:

DECRETO:

DE APROBACIÓN DEL PROTOCOLO AL TRATADO
CENTROAMERICANO DE TELECOMUNICACIONES


Artículo 1.- Apruébase el Protocolo al Tratado Centroamericano de Telecomunicaciones, suscrito en la Cudad de Managua, el 25 de Agosto de 1995, por los Ministros de Relaciones Exteriores de las Repúblicas de Centroamérica y Panamá, compuesto de un considerando y 15 artículos.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del octavo día del depósito del Cuarto Instrumento de Ratificación en la Secretaría General del Sistema de Integración Centroamericana SICA y de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los nueve días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y siete.- Iván Escobar Fornos.- Presidente de la Asamblea Nacional.- Carlos Guerra Gallardo.- Secretario de la Asamblea Nacional.
POR TANTO:

Publíquese y Ejecútese.- Managua, quince de Enero de mil novecientos noventa y ocho.- Arnoldo Alemán Lacayo Presidente de la República de Nicaragua.
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