Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Tributaria, S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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EMISIÓN DE TIMBRE FISCAL ELECTRÓNICO

ACUERDO MINISTERIAL N°. 09-2018, aprobado el 5 de septiembre de 2018

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 191 del 4 de octubre de 2018

ACUERDO MINISTERIAL Nº 09-2018

EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que la Dirección General de Ingresos (DGI) solicitó a este Ministerio la autorización para emitir timbre fiscal electrónico, en concordancia con la modernización y simplificación de sus procesos, brindando un servicio ágil y eficaz a los contribuyentes y público en general que requieren por ley esta especie fiscal en sus transacciones.
II

Que el artículo 243 de la Ley No. 822, "Ley de Concertación Tributaria" (LCT), publicada en "La Gaceta", Diario Oficial No. 241 del 17 de diciembre de 2012, establece que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante Acuerdo Ministerial podrá establecer otras formas de pago del Impuesto de Timbre Fiscal.
POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley No. 290, "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo" con reformas incorporadas, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 35 del día 22 de febrero del año 2013 y demás reformas.

ACUERDA

EMISIÓN DE TIMBRE FISCAL ELECTRÓNICO

PRIMERO: Facultar a la DGI, para emitir Timbres Fiscales electrónicos, integrados a los certificados catastrales de bienes muebles e inmuebles.

SEGUNDO: Esta autorización también aplica a cualquier otro documento y certificación que por ley este obligado a llevar timbre fiscal, previo aviso de la DGI.

TERCERO: La DGI debe garantizar condiciones de extrema seguridad, basadas en los estándares y las mejores prácticas internacionales, que permitan su funcionalidad, prevengan el uso inadecuado de este mecanismo y posibiliten las consultas electrónicas del mismo.

CUARTO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta'', Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho. (f) Iván Acosta Montalván, Ministro.
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