Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES FINANCIERAS

RESOLUCIÓN N° CD-SIBOIF-1429-2- FEB13-2024, aprobada 13 de febrero de 2024

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 37 del 27 de febrero de 2024

Resolución N° CD-SIBOIF-1429-2- FEB13-2024
De fecha 13 de febrero de 2024

NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES FINANCIERAS
El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras,

CONSIDERANDO

I

Que el artículo 174 de la Ley No. 561, “Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros ”, contenida en la Ley No. 974, “Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Banca y Finanzas ”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 164, del 27 de agosto de 2018, y sus actualizaciones (Ley del Digesto Jurídico), establece que: “Las normas prudenciales dictadas por el Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, conforme las facultades que le otorgaba la... Ley 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras...mantendrán plena validez en cuanto no se opongan a la presente Ley. ”.

II

Que el artículo 23 de la Ley No. 316, “Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras” (Ley No. 316), contenida en la Ley del Digesto Jurídico, establece que: “El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos actualizará el monto del capital social mínimo requerido por lo menos cada dos años en caso de variaciones cambiarías de la moneda nacional y deberá publicarlo en un diario de amplia circulación nacional sin perjuicio de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial... ”.

III

Que mediante Norma sobre Actualización del Capital Social de las Sociedades Financieras, contenida en Resolución No. CD-SIBOIF-1296-2-FEB15-2022, de fecha 15 de febrero de 2022, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 38, del 25 de febrero de 2022, se actualizó por última vez el capital social mínimo requerido para las sociedades financieras, en sesenta y ocho millones ochocientos veintitrés mil córdobas (C$68,823,000.00).

IV

Que de acuerdo a las consideraciones antes expuestas y con base en el artículo 3, numerales “3” y “13” de la precitada Ley No. 316.

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

La siguiente:

Resolución N° CD-SIBOIF-1429-2- FEB13-2024

NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES FINANCIERAS

Artículo 1. Actualización de capital social.- Se actualiza en setenta millones setecientos ochenta y cuatro mil córdobas (C$70,784,000.00), el capital social mínimo requerido para las sociedades financieras.

Artículo 2. Plazo.- Las sociedades financieras actualmente operando, que a la entrada en vigencia de la presente norma tengan un capital social mínimo, suscrito y pagado, por debajo del establecido en el artículo precedente, deberán tenerlo pagado a más tardar siete (7) días calendario después de la próxima Asamblea General Ordinaria de Accionistas.

Las sociedades financieras que sean autorizadas para constituirse y operar en el país con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente Norma, deberán cumplir con el capital social actualizado al momento de su constitución.

Artículo 3. Derogación.- Se deroga la Norma sobre Actualización del Capital Social de las Sociedades Financieras, aprobada por el Consejo Directivo de la Superintendencia mediante Resolución No. CD-SIBOIF-1296-2-FEB15-2022, de fecha 15 de febrero de 2022, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 38, del 25 de febrero de 2022.

Artículo 4. Vigencia.- La presente norma entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

(F) Ilegible Magaly María Sáenz Ulloa (F) Ilegible (Luis Ángel Montenegro E) (F) Ilegible Fausto Reyes (F) Ilegible (Silvio Moisés Casco Marenco) (F) Ilegible (Ervin Antonio Vargas Pérez) (f) Ilegible Secretario. (F) SAÚL CASTELLÓN TÓRREZ, Secretario Ad Hoc Consejo Directivo SIBOIF.
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