Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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CANCELACIÓN DE REGISTRO POR DISOLUCIÓN VOLUNTARIA DEL ORGANISMO SIN FINES DE LUCRO DE OTRA NACIONALIDAD DENOMINADO FAGLIGT FAELLES FORBUND (3F-DINAMARCA)

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 11-2023, aprobada el 26 de julio de 2023

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 135 del 27 de julio de 2023

Resolución Administrativa 11-2023

Cancelación de Registro por Disolución Voluntaria del Organismo sin Fines de Lucro de otra nacionalidad denominado Fagligt Faelles Forbund (3F-DINAMARCA).

Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación. Managua veintiséis de julio del año dos mil veintitrés, las nueve y cuarenta y cinco minutos de la mañana.

CONSIDERANDO

I

Que es facultad de esta Dirección General, la regulación, control, seguimiento y sanción a los Organismos sin Fines de Lucro nacionales y de otras nacionalidades, de conformidad al artículo 3 de la Ley Nº 1115 "Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro".

II

Que el OSFL Fagligt Faelles Forbund (3F-DINAMARCA), originario de Dinamarka, fue inscrito ante la Dirección General de Registro y Control de OSFL el 08/10/1996, bajo el número perpetuo 89 II, folios 346-348, Tomo: II, Libro: SEGUNDO (2°), publicado en La Gaceta Diario y Gaceta Diario Oficial No. 55 del 22/03/2011 de Cambio de Razón Social.

III

Que mediante reunión del día 08/08/2019, de forma unánime la Junta Directiva del país de origen del organismo Fagligt Faelles Forbund (3F-DINAMARCA), acordó la disolución voluntaria de la filial en Nicaragua, debido a que es necesario para la sede en Dinamarca implementar proyectos en uno de los países de prioridad de este país; solicitando el 08/03/2023 a la Dirección General de Registro y Control de OSFL a través de su Representante Legal en Nicaragua, Jorgen Hovgaard, el cierre de operaciones y la cancelación del registro y del número perpetuo asignado.

POR TANTO:

De conformidad a lo establecido en los artículos 3, 31 párrafo segundo y 42 numeral 1, de la Ley Nº. 1115, "Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro", su Reforma y su Reglamento; y de conformidad a los considerandos expuestos, la suscrita Directora de la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro:

RESUELVE:

Primero: Aprobar por Disolución Voluntaria, la cancelación de registro y número perpetuo del organismo Fagligt Fa elles Forbund (3F-DINAMARCA), originario de Dinamarca, acordada de forma unánime por los miembros de la Junta Directiva del país de origen en reunión del día 08/08/2019.

Segundo: Archívense las presentes diligencias. Publíquese.
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