(APROBACIÓN DE LA CONVENCIÓN RELATIVA AL CAMBIO DE PAQUETES POSTALES ENTRE NICARAGUA Y EL REINO DE BÉLGICA)
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 6 de febrero de 1908
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 8 del 19 de enero de 1909
DECRETA:
Único.- Aprobar la Convención relativa al cambio de paquetes postales, celebrada entre la República de Nicaragua y el Reino de Bélgica, en esta capital, el día diez y siete de enero del corriente año.
Dado en el Salón de Sesiones- Managua, 6 de febrero de 1908- Juan B. Sáenz, D. P.- H. Aguirre Muñoz, D. S.- Julio Selva, D. S.
Comuníquese- Palacio del Ejecutivo-Managua, 8 de febrero de 1908.- J. S. ZELAYA- El Ministro de Relaciones Exteriores- José D. Gámez.
Los infrascritos, Benjamín F. Zeledón, Encargado de Negocios de la República de Nicaragua y Eduardo Pollet, Ministro Residente de Bélgica, debidamente autorizados para dar cumplimiento á lo prescrito en el artículo XVI de la Convención relativa al cambio de paquetes postales entre la República de Nicaragua y el Reino de Bélgica, Convención que fue firmada en Managua, el diez y siete de enero del año en curso han cotejado cuidadosamente el texto de los instrumentos en que consta la Convención dicha, y habiéndolos encontrado conformes, hicieron el canje correspondiente, siguiendo el método acostumbrado en tales casos. En fé de lo cual firmaron y sellaron la presente acta.
Hecho en Guatemala, por duplicado, á los diez y seis días del mes de noviembre de mil novecientos ocho. Ed. Pollet. (L. S.) B. F. Zeledón. (L. S.)