Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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(CREAR LA COMISIÓN NACIONAL DE ESTUDIOS QUE SE ENCARGARÁ DE LOS ASUNTOS RELACIONADOS CON EL TRATADO)

No. 19, Aprobado el 6 de Noviembre de 1951

Publicado en La Gaceta No. 267 del 12 de Diciembre de 1951
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

En cumplimiento del Capítulo VII, Artículo XVIII, del Tratado de Libre Comercio existente entre las Repúblicas de Nicaragua y El Salvador;
ACUERDA:

Primero:- Crear la Comisión Nacional de estudios que se encargará de los asuntos relacionados con el Tratado mencionado, especialmente de lo estipulado en los incisos a), b) y c) del indicado Artículo XVIII.

Segundo:- Designar para que integren la referida camisón a los señores Dr. Gustavo A. Guerrero, como Presidente y señor Luis Alberto Cabrales, como Secretario, éste último en representación del partido minoritario del país.

Tercero:- Asignar a los miembros de dicha camisón, la suma de Cien Córdobas (C$ 100.00) como dieta por cada una de las sesiones que celebren, no pudiendo exceder éstas de cuatro cada mes.

Cuarto:- Los nombrados ejercerán sus funciones a partir de la fecha en que tomen posesión de su cargo ante el Ministro de Estado en el Despacho de Economía.

Quinto:- Los gastos que ocasione el mantenimiento de la comisión a que se refiere este acuerdo, serán debitados, dentro del ejercicio Fiscal que corre, a la cuenta Remanentes de la Administración Pública al 30 de Junio de 1951.

Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., seis de Noviembre de mil novecientos noventa y uno.- A. SOMOZA, Presidente de la República. E. Delgado, Ministro de Estado en el Despacho de Economía.
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