DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN IGLESIA PALABRA VIVA I PEDRO 1: 23, (ASOIGLEPAV)
DECRETO A. N. N°. 8712, aprobado el 02 de septiembre de 2020
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 168 del 08 de septiembre de 2020
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. N°. 8712
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN IGLESIA PALABRA VIVA I PEDRO 1: 23, (ASOIGLEPAV)
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN IGLESIA PALABRA VIVA I PEDRO 1 :23, la que podrá identificarse con las siglas (ASOIGLEPAV); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Mateare, Departamento de Managua.
Artículo 2 La representación legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Artículo 3 La ASOCIACIÓN IGLESIA PALABRA VIVA I PEDRO 1:23, la que podrá identificarse con las siglas (ASOIGLEPAV); estará obligada al cumplimiento de la Ley Nº. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Artículo 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la ciudad de Managua a los dos días del mes de septiembre del año dos mil veinte. MSP. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaría de la Asamblea Nacional.