Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(HASÉ POR INSTALADO EL SOBERANO CONGRESO NACIONAL)

DECRETO No. 59, Aprobado el 15 de Abril de 1953

Publicado en La Gaceta No. 87 del 17 de Abril de 1953

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

SABED:

Que el congreso ha ordenado lo siguiente:

El Congreso Nacional de la República de Nicaragua, en Cámara Unidas,

DECRETA:

Único: Hasé por instalado el Soberano Congreso Nacional en las sesiones ordinarias, correspondientes a su Tercer Período Constitucional.

Dado en el Salón de Sesiones del Congreso en Cámara Unidas. Managua, D. N. 15 de Abril de 1953.- JOSÉ M. ZELAYA C., Presidente.- S. PINELL, Primer Secretario.- LORENZO GUERRERO, Segundo Secretario.

Por Tanto: Publíquese.- Managua, D. N., 15 de Abril de 1953.- A. SOMOZA, Presidente de la República.- M. SALMERÓN, Ministro de la Gobernación.
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