Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia

(OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN MARIJN, FUNMARIJN )

DECRETO A.N. N°. 6005, aprobado el 06 de mayo de 2010

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 116 del 21 de junio de 2010

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Art. 1. Otórguese Personalidad Jurídica a la Fundación Marijn, la que podrá identificar con las siglas Funmarijn, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Bilwi, Departamento de Puerto Cabezas, Región Autónoma del Atlántico Norte

Art. 2. La representación legal de esta fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3. La Fundación Marijn, la que podrá identificar con las siglas Funmarijin, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídica sin Fines de Lucro y demás Leyes de la RepÚblica.

Art. 4. El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Mayo del año dos mil diez. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.

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Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
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