Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "KARAHOLA, R.L." (COOPA- KARAHOLA R.L.)

RESOLUCIÓN N°. 008–2018 PJ RACCS MEFCCA, aprobada el 21 de diciembre de 2018

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 197 del 16 de octubre de 2019

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Regional de la RACCS del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 13 se encuentra la Resolución No. 008 - 2018 PJ RACCS MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 008 - 2018 PJ RACCS MEFCCA, Región Autónoma Costa Caribe Sur veinte de Diciembre del año dos mil dieciocho, las once de la mañana, en fecha veinte de Diciembre del año dos mil dieciocho, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "KARAHOLA, R.L." (COOPA-KARAHOLA R.L.) con domicilio social en el Municipio de El Tortuguero, de la Región Autónoma Costa Caribe Sur. Se constituye a las dos de la tarde del día veinticuatro de Septiembre del año dos mil dieciocho. Se inicia con diecinueve (19) asociados, dieciséis (16) hombres, tres (3) mujeres, con un capital suscrito de C$19,000 (diecinueve mil córdobas netos) y un capital pagado de C$4,750 (cuatro mil setecientos cincuenta córdobas netos). Esta delegación regional, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "KARAHOLA, R.L." (COOPA- KARAHOLA R.L.) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): José Danilo Lorente Fonseca; Vicepresidente (a): Ronald Guerrero Cruz; Secretario (a): Salomón Zamora Gómez; Tesorero (a): Francisco Oporta Ríos; Vocal: Lorenzo Soza . Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Maylon Gregory Campbell, Delegado Regional. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los veintiuno días del mes de Diciembre del año dos mil dieciocho. (f) Maylon Gregory Campbell, Delegado Regional.
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