Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DE CONSULTORES NICARAGÜENSES (A.C.O.N.)]

DECRETO A.N. N°. 008, aprobado el 28 de mayo de 1985

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 178 del 18 de septiembre de 1985

Decreto A. N. N°. 008

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

Ha Dictado:

El siguiente,

Decreto;

Arto. 1° Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación de Consultores Nicaragüenses (A.C.O.N.), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.

Arto. 2° La representación en la Asociación será ejercida en la forma que determinen, sus Estatutos que deberán ser.; aprobados por el Ministerio de Justicia.

Arto. 3° La Asociación de Consultores Nicaragüenses (A.C.O.N.), estará obligada al cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Concesión de la Personalidad Jurídica y demás Leyes de la República.

Arto. 4°. Este Decreto entrará en Vigencia a partir de su publicación en “La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiocho días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cinco. “Por la Paz Todos Contra la Agresión” – Carlos Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. – Rafael Solís Corea, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto:

Publíquese y Ejecútese, Managua, diez de Julio de mil Novecientos ochenta y cinco; - Daniel Ortega Saavedra, Presidente.
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Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
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