Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DE LAS SIGUIENTES CONVENCIONES CENTROAMERICANAS «CONVENIO
CENTROAMERICANO PARA LA RESTITUCIÓN Y EL RETORNO DE OBJETOS ARQUEOLÓGICOS,
HISTÓRICOS Y ARTÍSTICOS», «CONVENCIÓN CENTROAMERICANA PARA LA REALIZACIÓN DE
EXPOSICIONES DE OBJETOS ARQUEOLÓGICOS, HISTÓRICOS Y ARTÍSTICOS»," CONVENCIÓN CENTROAMERICANA PARA LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL»

DECRETO A.N. No. 2079. Aprobado el de 15 de Octubre de 1998.

Publicado en La Gaceta No. 216 de 12 de Noviembre de 1998.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

En uso de sus facultades;

HA DICTADO:

El siguiente:
DECRETO:

DE APROBACIÓN DE LAS SIGUIENTES CONVENCIONES CENTROAMERICANAS «CONVENIO CENTROAMERICANO PARA LA RESTITUCIÓN Y EL RETORNO DE OBJETOS ARQUEOLÓGICOS, HISTÓRICOS Y ARTÍSTICOS», «CONVENCIÓN CENTROAMERICANA PARA LA REALIZACIÓN DE EXPOSICIONES DE OBJETOS ARQUEOLÓGICOS, HISTÓRICOS Y ARTÍSTICOS», "CONVENCIÓN CENTROAMERICANA PARA LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL»

Artículo 1.- Apruébase las siguientes convenciones, «Convención Centroamericana para la Restitución y el Retorno de Objetos Arqueológicos, Históricos y Artísticos», «Conveción Centroamericana para la Realización de Exposiciones de Objetos Arqueológicos, Históricos y Artísticos», "Convención Centroamericana para la Protección del Patrimonio Cultural», suscritas el 26 de Agosto de 1995 en Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, por los Ministros de Educación y Cultura y similares de Centroamérica.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los quince días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y ocho.- IVÁN ESCOBAR FORNOS.- PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL.-NOEL PEREIRA MAJANO.- SECRETARIO DE LA ASAMBLEA NACIONAL.
POR TANTO:

Publíquese y ejecútese. Managua, veintiocho de Octubre de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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