Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Orden Interno
Categoría normativa: Reglamentos
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SE DISPONE QUE EL REGLAMENTO DE LA POLICÍA URBANA DE ESTA CAPITAL, SIRVA PARA EL DE MASAYA

REGLAMENTO, Aprobado el 5 de Febrero de 1895

Publicado en La Gaceta No. 82 del 7 de Febrero de 1895

El Presidente de la República tiene á bien aprobar el cuerdo que dice:

“El Jefe Político del departamento de Masaya: estando para establecerse en esta población un Cuerpo de policía, en uso de sus facultades, acuerda:

Art. 1.- El Reglamento de la Policía Urbana decretado para la capital en 28 de Febrero de 1890, comenzará á regir con sus adicionales en esta cabecera desde esta fecha.

Art. 2.- Someter este acuerdo á la aprobación del Supremo Gobierno.- Masaya, 2 de Febrero de 1895.- Francisco Wassmer.

Comuníquese.- Managua, 5 de Febrero de 1895.- Zelaya.- El Ministro General.- Baca, h.
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