Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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SE PRORROGA POR QUINCE DÍAS LAS SESIONES DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 1 de Marzo de 1895

Publicado en La Gaceta No. 118 del 21 de Marzo de 1895

La Asamblea Nacional Legislativa decreta:

Único.- Prorrogar por quince días las sesiones de este año.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Legislativa- Managua, 1º de Marzo de 1895.- Francisco Montenegro, Presidente.- Francisco X. Ramírez, Secretario.- Luis E. López, Secretario.- Publíquese- Palacio Nacional- Managua, 1º de Marzo de 1895.- J. S. Zelaya.- El Ministro General.- F. Baca, h.
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Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
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Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
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